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Garantiza tu herencia con un seguro de vida

Garantiza tu herencia con un seguro de vida

Después de las deudas, la segunda razón por la que los españoles renuncian a la herencia, es por los costes asociados a su tramitación, es decir, por la cuota del Impuesto de Sucesiones que hay que liquidar antes de poder heredar.

Y esto les suele ocurrir normalmente a los herederos de personas con un alto patrimonio.

Cada año crece el porcentaje de renuncias a herencias por este motivo, pero lo que se desconoce, es que tiene solución aseguradora:

GARANTIZA TU HERENCIA CON UN SEGURO DE VIDA 

Pero no cualquier seguro de vida.

La gran mayoría de seguros de vida riesgo ofrecen una cobertura denominada Anticipo Liquidación Por ISD, pero solo cubren un capital máximo de 6.000 € o 10.000 €, que puede ser insuficiente.

Lo recomendable, es contratar un seguro de vida que no limite esta cobertura (como máximo el mismo capital que fallecimiento), la cual permite que la propia aseguradora, liquide parcial o totalmente, el Impuesto de Sucesiones mediante cheque bancario a Hacienda.

Que la liquidación sea parcial o total, dependerá de la cantidad de cuota de IS a pagar y del capital asegurado contratado en el seguro de vida.

Los beneficiarios del seguro de vida pueden decidir cobrar el seguro de vida, independientemente de la herencia, pero para poder hacerlo, deberán primero liquidar el Impuesto de Sucesiones correspondiente al cobro del seguro, pues es un requisito que todas las aseguradoras imponen, y con la indemnización recibida podrán afrontar con mayor garantía el cobro del Impuesto de Sucesiones correspondiente a la herencia.

Esto es posible porque Hacienda permite realizar liquidaciones parciales de este impuesto.

Pero podría suceder que tampoco puedan hacer frente a la liquidación del Impuesto de Sucesiones solo del seguro de vida, por lo que consideramos muy necesario disponer de un seguro de vida, como comentábamos anteriormente, que no limite la cobertura de ANTICIPO LIQUIDACIÓN POR ISD.

Por lo tanto:

GARANTIZA TU HERENCIA CON UN SEGURO DE VIDA que incluya la cobertura de ANTICIPO LIQUIDACIÓN POR ISD sin límite

Si eres una persona que tiene un alto patrimonio, no tardes mucho en tomar la decisión, porque la contratación de un seguro de vida, en el mejor de los casos, se permite hasta los 70 años actuariales incluidos, es decir, cuando pases a 71 años actuariales, ya no será posible.

En edad natural significa que a partir de los 70 años y 6 meses, ya no podrás contratar.

Una vez superada esta edad, ya no podrás contratar ningún seguro de vida, con esta finalidad ni ninguna otra.

Para esta finalidad concreta que estamos tratando en este artículo, que es poder garantizar a tus familiares el poder cobrar la herencia sin tener que renunciar a la misma por falta de liquidez, recomendamos 2 tipos de seguro de vida riesgo, que muy pocas compañías comercializan y, además, sin límite en la cobertura de ANTICIPO LIQUIDACIÓN POR ISD:

Seguro de Vida Temporal a Plazo

Es un seguro con prima y capital nivelado, es decir, fijo/constante todos los años.

Permite contratar el seguro durante un periodo concreto (máx. hasta los 80 años), aunque se renueve anualmente, y se permita anular en cualquier momento avisando con 1 mes de antelación antes de cada renovación.

Seguro de Vida Entera

Es un seguro mixto (de vida y ahorro) y vitalicio, con prima nivelada también, y posibilidad de rescate a futuro de una gran parte de las primas aportadas.

Tanto las primas como el capital se revalorizan cada año gracias a una Participación en Beneficios, que hace aumentar el capital que cobren los beneficiarios a futuro en caso de fallecimiento del asegurado, y la cantidad que rescate a futuro el asegurado en vida si precisa liquidez económica, aunque esto, desvirtuaría el objetivo del seguro que es para que sus herederos puedan pagar el Impuesto de Sucesiones.

La ventaja del Seguro de Vida Entera es que es vitalicio, es decir, fallezcas a la edad que fallezcas, tienes cobertura, pero esta ventaja se paga, y el coste de este seguro es bastante superior al Seguro de Vida Temporal a Plazo.

Para saber que capital asegurado contratar deberás solicitar a tu asesor fiscal que te haga una simulación de la cuota del Impuesto de Sucesiones a abonar por tus herederos o heredero, y con el resultado ir jugando con la cantidad de capital del seguro de vida que debe contratarse incluyéndolo en la base imponible de dicho impuesto, pues como hemos dicho anteriormente, este seguro también tributa.

Puedes hacer un cálculo orientativo en esta calculadora del Impuesto de Sucesiones.

Por ejemplo, para poder pagar la totalidad de la cuota del IS en Valencia de una herencia de 8.000.000 €, debemos de contratar un seguro de vida con un capital asegurado de 1.650.000 €, pues la cuota resultante de liquidar ambos conceptos (9.650.000 €) es de 1.637.480,53 €

Puede que sea difícil acertar al 100% en el capital a asegurar, pues incluso a futuro es posible que aumentes tu patrimonio y ya no puedas modificar el capital del seguro de vida.

Y puede también que el Impuesto de Sucesiones a futuro cambie a mejor o a peor.

Pero por ejemplo, si tus herederos con este seguro pueden hacer frente, es un decir, al 90% de la cuota del Impuesto de Sucesiones, lo tendrán más fácil para el 10% restante, liquidándolo con ahorros propios o solicitando un préstamo personal.

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3 Comentarios

  1. El impuestos de sucesiones tiene, según tengo entendido, las horas contadas en muchas comunidades autónomas no? En Aragón, de donde soy, es una sangría infame. Sigo sin ver la verdad que un seguro de vida, que supone más gastos para el usuario, ayude con una herencia.

    1. Hola, eso son rumores, no lo creas hasta que lo veas. Debería existir un ISD igual para todos los españoles, pero eso está por ver. Mientras tanto, hay que buscar soluciones. Y el seguro de vida es una solución para evitar que se deba de renunciar a la herencia por no tener liquidez, sobre todo en herederos de altos patrimonios. De eso trata este artículo. Lee el artículo y dinos si sigues sin ver la utilidad de esta cobertura en concreto del seguro de vida que es útil para lo que estamos comentando, pues hay seguros de vida que no la ofrecen o limitan en exceso. Saludos.