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Cobertura de las placas solares por el seguro de hogar

Cobertura de las placas solares por el seguro de hogar

La cobertura de las placas solares por el seguro de hogar, no es la misma en todas las compañías de seguros.

Existen diferencias notables según el origen que ha causado los daños.

Por lo tanto, en este artículo, vamos a desgranar todos los posibles daños que pueden sufrir las placas solares y si tienen o no cobertura por el seguro de hogar.

Pero antes explicaremos los motivos del auge de este tipo de energía renovable, sobre todo a nivel doméstico, aunque también a nivel empresarial:

Desde el 2018, año en que se derogó el conocido como “impuesto al sol ”, las instalaciones de paneles solares han aumentado exponencialmente, pues el exceso de electricidad generada, ahora se puede vender a las redes eléctricas a un precio muy superior al de hace unos años, al cambiar dicha legislación del autoconsumo.

Pero el boom de las instalaciones de placas solares se ha producido gracias a las subvenciones de los fondos Next Generation de la UE iniciados a finales de 2021, de las que mucha gente, se ha y se está beneficiando, aunque dicha subvención tarde en abonarse, meses e incluso años.

Básicamente, por resumir, existen 3 tipos de placas solares:

  • Térmicas = Su uso principal es generar calor para la calefacción y agua caliente sanitaria.
  • Fotovoltaicas = Su uso principal es para generar electricidad.
  • Hibridas = (Térmicas + Fotovoltaicas).
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COBERTURA DE LAS PLACAS SOLARES POR EL SEGURO DE HOGAR Y DAÑOS QUE PUEDEN Y SUELEN SUFRIR

Las placas solares se consideran parte del continente por la gran mayoría de los seguros de hogar, por no decir todos.

A continuación, detallamos los posibles daños que pueden sufrir los paneles solares, y su cobertura, en caso de tenerla:

Daños por Incendio, Rayo y/o Explosión

Hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente.

Daños Eléctricos

Hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente, pero algunas compañías excluyen cobertura a partir de cierta antigüedad, como por ejemplo a partir de 20 años.

Fenómenos Atmosféricos

Hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente.

Como viento o granizo, pues la lluvia o la nieve no dañan las placas solares.

Los daños directos por congelación o heladas, que nosotros conozcamos, solo lo cubre una compañía.

Si tienes placas solares térmicas y tu vivienda está situada en un lugar donde son frecuentes las heladas, ojo, porque tienen la desventaja de congelación en los meses de invierno.

Robo y Daños por Intento de Robo

El robo de continente lo cubren todos los seguros de hogar y en caso de cubrirse, normalmente se aplica un límite de cobertura, como por ejemplo de 3.000 €, pero algunas compañías, por suerte, cubren hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente.

Sin embargo, los daños por robo se cubren hasta el 100% del capital de continente asegurado en todas las compañías.

Acto Vandálico

Hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente, con el requisito de presentar denuncia.

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Impacto o Choque de Animales

Hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente.

Algunas aves se sienten atraídas por las propiedades reflectantes de los paneles solares, ya que se asemejan al agua en movimiento. Algunos pájaros, sobre todo los acuáticos, confunden los paneles solares con cuerpos de agua e intentan sumergirse en ellos; algo que, como imaginarás, no termina muy bien, ni para las placas ni para los pájaros.

Ojo, porque hay compañías, que matizan que los animales deben de ser de terceros, es decir, tener propietario, por lo que, si son salvajes, como es el caso expuesto, no tendría cobertura, ya que, al no poder posteriormente recobrar, no les interesa cubrirlo.

Caída de Ramas Rotas o de Arboles

Hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente.

Problemas de descompensación hídrica, oquedades, hongos, pudrición, exceso de peso y vejez, son razones suficientes para que una rama de un árbol o el árbol entero, pueda caerse o llegar a derrumbarse por completo, a veces sin previo aviso, y sin ser el viento la causa de ello.

Que nosotros conozcamos, solo una compañía, cubre esta situación, por la cobertura de impacto o choque, cubriendo tanto cristal como mecanismos, es decir, todo el daño causado a las placas solares.

El resto de compañías, en caso de cubrirlo (ciertas compañías de LOW COST no cubren el cristal/vidrio de las placas solares), será por ROTURAS, pero con la particularidad de cubrir solo el cristal, y en todo caso todos los mecanismos también, solo si lo matizan de la siguiente manera, en el apartado de exclusiones de ROTURAS:

Se excluyen los mecanismos de funcionamiento de placas solares, placas vitrocerámicas o de inducción, salvo que sean parte inseparable.

Grietas Causadas por los Cambios de Temperatura y las Tensiones Térmicas del Frío y del Calor

Hasta el 100% del capital asegurado en concepto de continente.

Por la cobertura de ROTURAS, explicada en el anterior caso.

Mordedura de Animales

Las ratas de campo, suelen morder los cables, pero esta contingencia no está cubierta por ninguna cobertura del seguro de hogar.

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RECOMENDACION

Informa a tu corredor de seguros del valor de las placas solares cuando las instales, para aumentar el capital de continente, y así evitar un infraseguro.

CONCLUSION

Pueden existir muchas diferencias de cobertura de las placas solares por el seguro de hogar, entre las diferentes pólizas que se comercializan en el mercado asegurador, por lo que, no es tan simple como en ocasiones se comenta:

“Pues mi vecino tiene las mismas coberturas que yo y paga mucho menos”

Por algo será que paga menos.

No decimos que puntualmente existan casos, que compañías con muy similares coberturas (con sus matices correspondientes) sean más competitivas en precio que otras, pero lo más probable es que lo sean o bien porque no cubren al final lo mismo, tal y como hemos explicado en este artículo, o porque sea una compañía de low cost que prescinde de los corredores de seguros, lo cual ayuda a disminuir el precio a costa de restar calidad en el servicio post-venta al cliente.

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3 Comentarios

  1. Tengo placas solares instaladas en el tejado y me resulta muy interesante esta información, gracias.
    Mi casa es una vivienda unifamiliar y la pregunta es si tengo que comunicar a mi compañía de seguros que las tengo instaladas. Del mismo modo, si también una pérgola con estructura de aluminio y lamas orientables que me he adquirido para cubrir un porche.

    1. Hola Manuel, nos alegra enormemente que te haya gustado y te haya sido de utilidad nuestro artículo, pues ese es el objetivo principal. Si que deberías comunicarlo pues deben de aumentarte el continente o contenido (según como considere tu compañía a las placas solares, normalmente continente) según el valor de dichas placas.

      Respecto a la pérgola si está fijada a suelo y/o paredes, se considera continente, y tendrás cobertura, pero lo mismo que con las placas deberás comunicar su valor para aumentar el capital asegurado. En el caso que no esté fija la pérgola se considerará contenido y al estar al aire libre no tendrá cobertura en la mayoría de compañías (algunas si cubren contenido al aire libre, aunque con sus limitaciones), ojo con este matiz.

      Saludos y gracias por comentar.