Solicita tu presupuesto

Compensación de capitales en seguros de daños

Compensación de capitales en seguros de daños

La compensación de capitales en seguros de daños, como industria, comercio, hogar o comunidades, significa que si en el momento de un siniestro existiera un exceso de capital asegurado en una o varias de las partidas correspondientes a los bienes asegurados en la póliza, tal exceso podrá aplicarse a otras partidas que resultasen insuficientemente aseguradas.

Este concepto de compensación de capitales es importantísimo para poder evitar un posible infraseguro, y consecuentemente la aplicación de la regla proporcional.

La compensación de capitales es importante en todos los seguros, pero más si cabe en la industria, donde los volúmenes de capitales asegurados son mucho mayores.

Se incluye por defecto en todos los seguros, pero existen multitud de diferencias que es imprescindible analizar para no llevarse sorpresas desagradables a futuro.

Dichos matices o parámetros a analizar son:

PARAMETROS A TENER EN CUENTA EN LA COMPENSACION DE CAPITALES

  • Garantías que incluyen compensación de capitales: Hay compañías que incluyen la compensación de capitales en todas las garantías y otras compañías que solo en algunas como: Incendio, Rayo y Explosión, así como Riesgos Extensivos, Daños Agua y/o Robo/Expoliación.
  • Nueva Prima Total: Tras la compensación el nuevo precio no debe ser superior al actual. si excediera, se indemnizará el daño en la misma proporción en que la suma asegurada, en su nueva distribución, cubra el interés asegurado para cada concepto. Este parámetro no lo aplican todas las compañías.
  • Situación del Riesgo: Todas las compañías por defecto limitan la compensación de capitales a una misma situación del riesgo. Importante poder pactar cláusula que refleje que las existencias aseguradas podrán permanecer en cualquiera de los riesgos asegurados, a efectos de la compensación de capitales.
  • Continente y Contenido: Algunas compañías, las pocas, excluyen de la compensación de capitales el continente o las existencias fijas/terceros.
  • Valor Total: Algunas compañías requieren que la compensación de capitales se realice solo entre bienes cuya forma de aseguramiento sea a valor total, y las garantías que sean a primer riesgo podrían excluirse.
  • Revalorización Automática de Capitales: Algunas compañías exigen que este activada esta cláusula para cubrir la compensación de capitales.
  • Existencias Flotantes: Excluida en todas las compañías.

Deja tu comentario

4 Comentarios

  1. Tengo una duda si un inmueble que es un edificio y y un frontón con el mismo numero de poliza y el mismo numero de catastro pero se asegura el edificio en 5000.000 con un exceso de capital de 1000.000 y el fronton en 100.000 con una falta de capital de 300.000 euros
    Hay un siniestro en el fronton la aseguradora puede aplicar infraseguro
    mi telefono es 619889559 antonio sanmartin

    1. Hola Antonio, la compensación de capitales será transferir capital excedente de la partida de mobiliario y maquinaria/ajuar industrial al continente, si es que existe excedente en dicha partida. Saludos.

  2. buenas tardes,
    mi pregunta es si la prima pagada en esceso por haber puesto un capital sensiblemente mayor y siendo este un primer riesgo se puede aplicar a paliar el infraseguro existente en mercancias

    muchas gracias y un saludo.

    1. Hola Gerardo no es viable aplicar primer riesgo al capital de mercancías, en todo caso al continente, o a ciertas garantías. Sentimos no poder ayudarte en este caso. Saludos.