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Como saber si tu perro esta catalogado como potencialmente peligroso

Como saber si tu perro esta catalogado como potencialmente peligroso

Para saber si a tu perro se le considera dentro de la categoría de perros potencialmente peligrosos (PPP), y si estas en la obligación de tenerlo asegurado mediante cobertura específica en el seguro de hogar, Seguro de Mascotas, Seguro Veterinario o Seguro de Perros y Gatos 🐶🐱, o por seguro de Responsabilidad Civil, es necesario analizar la Ley de animales potencialmente peligrosos, en la cual se estipulan las bases para poder distinguirlos.

Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) – Que dice la Ley a nivel nacional

A continuación reflejamos un resumen de lo que se estipula en dicha Ley:

Se consideran perros potencialmente peligrosos aquellos que:

1. Estén en el listado de razas en Anexo I de la Ley:

a) Pit Bull Terrier.

b) Staffordshire Bull Terrier.

c) American Staffodshire Terrier.

d) Rottweiler.

e) Dogo Argentino.

f) Fila Brasileiro.

g) Tosa Inu.

h) Akita Inu.

2. Que sea un cruce de las razas del Anexo I.

3. Los perros que según el Anexo II de la Ley, tienen todas o la mayoría de las características siguientes:

a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.

b) Marcado carácter y gran valor.

c) Pelo corto.

d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.

e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.

f) Cuello ancho, musculoso y corto.

g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.

h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Salvo que se trate de perros-guía o de perros de asistencia acreditados y adiestrados en centros oficialmente reconocidos, conforme a la legislación autonómica o, en su caso, estatal, así como aquellos perros que se encuentren en fase de instrucción para adquirir esa condición.

4. Aquellos que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. La potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por la autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o una denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente autonómica o municipal.

Perros Potencialmente Peligrosos (PPP)Que dicen las Leyes Autonómicas

Algunas comunidades, como la valenciana, amplían el listado de perros peligrosos de 8 a 15, añadiendo estas otras razas, a través del DECRETO 16/2015, de 6 de febrero, del Consell, de modificación del Decreto 145/2000, de 26 de septiembre:

1. American Staffordshire terrier.
2. Starffordshire bull terrier.
3. Perro de presa mallorquín.
4. Fila brasileño.
5. Perro de presa canario.
6. Bullmastiff.
7. American pittbull terrier.
8. Rottweiler.
9. Bull terrier.
10. Dogo de Burdeos.
11. Tosa inu (japonés).
12. Akita inu.
13. Dogo argentino.
14. Doberman.
15. Mastín napolitano.

Y los cruces entre las 15 razas.

Perros Potencialmente Peligrosos (PPP)Que dicen las entidades aseguradoras

Los daños que causen a terceros los animales de compañía como pueden ser los perros o gatos, se cubre a través del seguro de hogar a través de la cobertura de Responsabilidad Civil Familiar.

Hay que tener en cuenta que para tener cubierta la Responsabilidad Civil Familiar debemos de tener contratado capital de contenido en nuestro seguro de hogar.

Las entidades aseguradoras no consideran animales de compañía a los que se consideren potencialmente peligrosos, por lo que para tenerlos asegurados deberemos de cubrirlos por otra cobertura dentro del seguro de hogar normalmente denominada Responsabilidad Civil Optativa de Perros Potencialmente Peligrosos o a través de seguro específico (en el caso de que tu compañía no te permita cubrirlo mediante la anterior cobertura comentada en el seguro de hogar), con un capital mínimo de 120.000€, sino, estarán excluidos.

No hay que olvidar que si se incumplen las normas estipuladas tanto en la Ley Nacional como en las autonómicas, como por ejemplo: Medidas de seguridad (por ejemplo uso de bozal y correa corta, no extensible y de una longitud máxima de dos metros para los paseos en vía pública) y restos de requisitos como Licencia, Certificado de capacidad física, Certificado de aptitud psicológica, etc.. las compañías aseguradoras no pagarán el siniestro.

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Realizaremos la donación (primer año del seguro) y enviaremos el obsequio, transcurridos 60 días desde la fecha de efecto (entrada en vigor de las coberturas), para evitar posibles devoluciones de recibos.

Justificaremos la donación mediante certificado de transferencia.

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