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¿Cubre la Seguridad Social los gastos sanitarios derivados de un accidente de tráfico?

¿Cubre la Seguridad Social los gastos sanitarios derivados de un accidente de tráfico?

Pensamos que la Seguridad Social lo cubre todo, y no es así. Nos deberíamos de hacer la siguiente pregunta, ¿Cubre la Seguridad Social los gastos sanitarios derivados de un accidente de tráfico?

Los gastos de curación o también llamados de asistencia sanitaria, a consecuencia de sufrir un accidente de tráfico / circulación, no están cubiertos por la Seguridad Social.

Como paciente, te atienden, pero posteriormente envían la factura sanitaria a tu compañía de seguros, la cual impone unos límites en sus pólizas, y cuyo excedente deberá pagar el asegurado de su propio bolsillo.

Salvo que se acuda a un centro sanitario (público o privado) concertado por la compañía aseguradora, donde los gastos sanitarios son ilimitados, si dicha compañía aseguradora esta adherida al convenio de Unespa para daños personales en accidentes de tráfico con el sector privado y el sector público

El tiempo no es ilimitado, como veremos más adelante.

Matizar que hay dos supuestos que se limitan, y son los siguientes:

CONVENIO SANITARIO SECTOR PÚBLICO (2022+2023+2024+2025)

  • Accidente de un motorista sin contrario, por ejemplo, un día de viento que cause la caída de la moto en circulación, causando lesiones al motorista. En este caso el convenio de Unespa cubre hasta 2.836 € en este año 2023. Si la factura sanitaria es superior, el excedente lo cubrirá nuestro seguro, hasta el limite asegurado.
  • Accidente de un conductor de vehículo sin contrario, es decir, un solo vehículo (el nuestro), el convenio de Unespa cubre hasta 10.779€ en este año 2023. Si la factura sanitaria es superior, el excedente lo cubrirá nuestro seguro, hasta el limite asegurado.

CONVENIO SANITARIO SECTOR PRIVADO (2019+2020+2021+2022) – PRORROGADO HASTA FIRMA NUEVO CONVENIO 2023-2026

  • Accidente de un motorista o conductor de automóvil sin contrario,  excluido por el convenio, por lo que la cobertura será la que ofrezca el seguro contratado. Incluso se excluyen aquellos siniestros donde el motorista impacta contra un vehículo correctamente estacionado.
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Estamos hablando de los siniestros en los cuales seamos culpables, solo sobre la figura del conductor. En caso de sufrir un siniestro en el cual no seamos culpables se reclaman íntegramente todos los gastos sanitarios a la compañía del contrario.

Al igual que los acompañantes del vehículo siniestrado, también estarán totalmente cubiertos por las coberturas de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria y Responsabilidad Civil de Suscripción voluntaria, aún siendo culpable el conductor.

Por ello en los seguros de vehículos se ofrece una cobertura muy importante, que se denomina ACCIDENTES DEL CONDUCTOR, y que aparte de cubrir un capital por fallecimiento o invalidez, cubre además los gastos de curación o asistencia sanitaria.

Los accidentes laborales lo cubren las mutuas, por lo que si eres asalariado y sufres un accidente de tráfico como conductor, siendo culpable, realizando un viaje con tu vehículo acudiendo o volviendo del trabajo se considerará accidente laboral, concretamente viaje in itinere.

Es un tema sumamente importante, el cual no se debería de tomar a la ligera a la hora de contratar, sobretodo un seguro de ciclomotor o motocicleta,  puesto que la carrocería son los propios conductores, y cuyas lesiones y daños corporales suelen ser más importantes.

Antes de contratar, debemos de analizar entre otras coberturas y servicios, la garantía de ACCIDENTES DEL CONDUCTOR, centrándonos en los gastos de curación o asistencia sanitaria. Debemos fijarnos en dos conceptos sobretodo:

  • Límite en dinero: Normalmente suele oscilar entre 3.000€ y 30.500€ (excepcionalmente alguna compañía permite hasta 216.000 €), hasta incluso estar el 100% de los gastos cubiertos, dependiendo del centro de salud al que se acuda, como comentábamos al principio del artículo. Pero incluso en algunos casos, sobre todo en ciclomotores y motocicletas existen compañías que no ofrecen la posibilidad de contratar la cobertura de gasto o asistencia sanitaria , con las consecuencias que ello supone para el asegurado.
  • Límite en tiempo: suele oscilar entre 1 año y 3 años desde la fecha de ocurrencia del siniestro, aunque lo más habitual es que se cubra 1 año.

Ejemplo caso real

El coste sanitario por la fractura/luxación de un tobillo, en un accidente de tráfico por una caída sin contrario, de un conductor de un ciclomotor, ascendió a un total de 8.000€, en un centro sanitario público.

Nuestro consejo sobre ¿Cubre la Seguridad Social los gastos sanitarios derivados de un accidente de tráfico?

Algunos seguros pueden ser mucho más económicos que el resto del mercado, pero por algún motivo será, como por ejemplo en cubrir un límite muy pequeño en la asistencia sanitaria en caso de accidente de tráfico, o directamente no cubrirlo, por lo que te recomendamos contratar de forma complementaria un seguro de accidentes, sobre todo en seguros de motocicleta o ciclomotor, que cubra una importante cantidad en concepto de Reembolso de gastos Sanitarios por Accidente, por ejemplo hasta 30.000€, para poder acudir a cualquier centro, sea público o privado.

Ninguna compañía permite contratar solo esta garantía en un seguro de accidentes, por lo que os exigirán cubrir también fallecimiento o invalidez, pero podremos reflejar el capital mínimo que se requiera, para no aumentar el coste global del seguro, pues la finalidad concreta en realidad es cubrir los gastos sanitarios.

El precio de este seguro está disponible desde 47,86€ al año. Si estas interesado en que te realicemos presupuesto de accidentes sin compromiso, cumplimenta nuestro formulario web de seguro de accidentes y refléjanos al final del mismo en observaciones que deseas este seguro como complemento a tu seguro de moto, ciclo o coche, por los gastos sanitarios.

El precio es importante, pero no lo es todo, ya lo dice el dicho:

“Lo barato, al final, sale caro”

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182 Comentarios

  1. Buenas. Tuve un accidente , el cual yo, di por atrás al coche que iba por delante. Resulto, que al coche que choque por detrás era un amigo que conocía. Por lo cual no hicimos parte amistoso ni nada . Se llamo al día siguiente a las aseguradores para informa del golpe y solucionado . Pero por el golpe tuve que ir a urgencias y me dieron de baja 5 días .Y me acaba de llegar una carta de facturacion de sanidad por ellos no cubren los accidentes de tráfico . Quería saber, ¿que cuánto me podrían cobrar a mi por el importe de la factura? . Ya sé que lo cubre mi seguro , pero tengo que ir al medico , llamar al hombre del accidente para que me datos, etc …

    1. Hola Darío, tu seguro debe especificar en las condiciones generales si cubre o no la custodia del vehículo, y en caso de aplicar límite, saber cual es. Te reflejo cobertura real de una compañía dentro de la garantía de asistencia en viaje:

      Los gastos de pupilaje o custodia generados por esta garantía hasta un máximo de 200 €.

      Saludos.

  2. Hola, hace dos años, concretamente el 20/09/21, pregunté en este foro, quién pagaría los costes de asistencia a mi padre, que había tendido un pequeño incidente contra un coche en el pueblo, y que parecía que la culpa era de él por no mirar bien (tenía entonce 85 años, pues ya falleció, y un 63% de invalidez). La RC del seguro de nuestra vivienda cubrió el pintado de los rasguños en la puerta del coche.
    Pues bien el resultado es que el SERGAS (Galicia) cobró los gastos a la aseguradora del vehículo, y el año pasado esta reclamó judicialmente los gastos a mi padre, ante tal tesitura del seguro nuestro (vivienda) nos dijeron que era mejor pagarle a la aseguradora del coche y luego reclamar al SERGAS. Así hicimos, y tras varios meses el SERGAS nos respondió indicando que ellos ya habían cobrado de la aseguradora del coche, y no nos iba a devolver nada.
    Reclamamos a la Valedora do Pobo (como el Defensor del Pueblo pero en Galicia), y hoy nos ha respondido que era la aseguradora del coche quien debía haber reclamado la devolución de los gastos al SERGAS, no nosotros, y que no puede hacer nada más.
    Me siento impotente ante tal injusticia, y no sé que vías más puedo seguir, pero quería exponer aquí el caso vuestro conocimiento. Muchas gracias.

    1. Hola Juan, sentimos que hayáis pasado por esta situación. Por desgracia, las únicas vías que te quedan son o la judicial o lanzar reclamación a las DGSFP, pero su respuesta no es vinculante y tienen un retraso en sus respuestas de aprox. 1 año. Saludos.

  3. Muy interesante la pagina vuestra. FELICIDADES:
    Tengo un caso con mi primo, el tiene 23 años y desde que se saco el carnet de conducir a los 18, no ha tenido ningún percance. Lamentablemente por una distracción con la emisora del radio del vehículo tubo un accidente de trafico un día DOMINGO por la mañana con su vehículo un Seat ibiza del 2014, este estaba a todo riesgo con una franquicia de 1000 Euros y con ITV en vigor.
    Como consecuencia de ello, el vehículo resulto siniestro y a el le tuvieron que poner unas placas de metal en las cervicales y en la rodilla derecha, limitándole en sus movimientos; el tiempo de baja laboral fue de 8 meses, 2 de hospitalización y 6 de rehabilitación, y para terminar; en la empresa Seat que trabajaba como mecánico lo despidieron por cuestion del accidente sin tener contrato fijo. Que medidas se puede tomar en esta sopa de problemas. gracias por su tiempo y atencion

    1. Hola Will, muchas gracias por tus palabras, nos alegra enormemente que te guste nuestro Blog. Respecto a tu primo, te aconsejamos que revise su seguro de hogar, puesto que muchas entidades aseguradoras, incluyen dentro de la cobertura de Protección Jurídica, la reclamación por asuntos laborales. Sus abogados analizarían la situación, y si ven claro el asunto, es decir, negligencia por parte de la empresa, van a por todas por vía judicial, lo que normalmente justo antes del juicio se soluciona con un acuerdo amistoso en el 95% de los casos. Para tener cobertura, tu primo debería de tener el seguro de hogar, ya contratado cuando ocurrió el accidente. Esperamos haberte sido de ayuda. Te estaríamos muy agradecidos si nos volvieses a escribir para saber la evolución del caso. Un saludo.

  4. Mi marido tiene una lesión medular por una negligencia médica con sentencia. Actualmente tiene una gran invalidez permanente. ¿Cubre algún seguro la rehabilitación que necesita para toda su vida?

    1. Hola Ana María, el seguro de vida dispone de la garantía de Invalidez Absoluta Permanente, e incluso de la Gran Invalidez, que con el capital adecuado te puedes garantizar costear gran parte del tiempo de dicha rehabilitación. que dependiendo de la edad de tu marido, podría ser suficiente o no, para cubrir la rehabilitación de toda su vida. Ten en cuenta, que este seguro se debe contratar cuando la persona esta en perfectas condiciones de salud, y no una vez ya tiene un problema de salud o alguna discapacidad reconocida, pues la compañía, ya no te permite contratar. Saludos.

  5. Mi caso, es diferente, al vuestro. Yo iba bebida y me estrelle contra un bordillo. Sin causar daño a nadie(gracias a Dios), ni a mi misma…. Lo unico, que como la policia observo, que estaba algo alterada, debido al choque… Llamaron a la Ambulancia… Pero, lo que paso en hospital(seguridad social), es que dejaron que se me pasará el pedete, sin realizarme ninguna prueba medica y a casa. Y me ha llegado la tipica carta, reclamandome, gastos, por dicha asistencia!!!…. No lo entiendo muy bien, porque no hay daños fisicos…. No se que esperan cobrarme?…. Me podeis, dar opinion. Gracias. La carta amenaza, con que si no relleno formulario, lo llevaran a la agencia tributaria. Pero, yo estoy mas sana que una perdiz. Ni un arañazo. Gracias.

    1. Hola Txus, deberás dar toda la información al hospital, explicando que se trata de un accidente de tráfico, por suerte sin daños, pero que por precaución la policía llamó a la ambulancia para descartar posibles lesiones, como latigazo cervical, puesto que si acudes al hospital pasadas las 72h tras el accidente, tu seguro no te cubre la asistencia sanitaria. No obstante, si el hospital comunicase a tu seguro, una vez solicitado el reembolso de dicha asistencia, aunque sea mínima, que diste positivo en prueba de alcoholismo, rehusarán abonar dicha factura por la exclusión en póliza de mala fe/dolo, y te tocará abonarla a ti. Saludos.

  6. Buenas!
    Tengo una duda que no encuentro la respuesta por ningun sitio, y me inquieta.
    Si tengo un accidente ya sea culpa mia o no y el coche no es mio y no consto en el seguro, en el parte amistoso al rellenar el apartado 9.Conductor, debo añadir mi nombre? (Es evidente que sea yo) pero al no constar en el seguro del coche hay algún problema a la hora de cubra el seguro los daños o qué pasaría? Si fuese yo la culpable como cubriría el seguro si no consto en el?
    Muchas dudas 🥺
    Gracias un saludo

  7. buenas tardes, la semana pasada tuve un accidente con un coche que no es mío. dí positivo en alcoholemia, yo iba sola y sin más coches implicados. asistí por mis medios al hospital, me hicieron una radiografía del cuello, pero todo bien. solo antinflamatorios unos días. me ha llegado solicitud de parte de asistencia urgencias de mi hospital público. tendré que abonar los costes de asistencia?

    1. Hola Toñi, tendrás que facilitar al hospital los datos de tu seguro al ser un accidente de tráfico. Saludos.

  8. Si una persona tiene un accidente, llenado al trabajo, le atropellan en un paso de cebra, el no es culpable. Se le rompe la pierna y le trasladan al hospital. Deben operarle. Se puede negar el hospital público a operarle hasta que la mutua de trabajo autorice la operación?

    1. Hola Gloria, es la primera vez que escuchamos algo así. Normalmente, la sanidad pública interviene al paciente, y posteriormente pasa la factura a quien corresponda. Un saludo.

  9. Mi hija de 23 años ha sufrido un accidente en El cual no ha sido culpable, un pequeño golpe por detras a la salida de un semáforo. El seguro esta a mi nombre y ella no consta.
    Ha asistido a urgencias por dolor cervical pero esra bien en casa con unos días de baja ya que el accidente se ha producido cuando regresaba del trabajo. Mi pregunta es si está los daños cubiertos o

    1. Hola Moni, no te preocupes, pues hablamos de un siniestro donde tu hija no es la culpable, por lo que en este caso o bien la Mutua de Trabajo o bien la Compañía de Seguros del culpable asumirá todos los costes de rehabilitación de tu hija. Saludos.

  10. Hace 2 años tube un acidente de moto yo solo, me frature tibia y perone y ahora me retidan las ñ placas y tornillos por molestias, la pregunta es quien se hace cargo del la operación, el seguro o la seguridad social? Gracias..

    1. Hola Pedro, en teoría debería de costearlo el seguro, pero en la gran mayoría de ocasiones la tesorería de la seguridad social no reclama factura. En el caso que lo hiciese, la compañía aplica un límite dinerario y otro temporal para correr con todos los gastos sanitarios derivados del accidente de tráfico, y respecto al temporal, la mayoría cubre hasta 1 año a lo sumo 3 desde la fecha del accidente. Saludos.

  11. He tenido un accidente de tráfico volviendo a casa, siendo culpa del contrario, va para largo porque me han tenido que operar y sigo de baja, la compañía contraria me va a abonar parte de la indemnización a descontar de la indemnización final cuando me den el alta, pero mi pregunta es, puede mi jefe reclamar los gastos que le está causando tenerme de baja? yo estoy cobrando el 100%, pero me comenta la empresa que ellos pagan las cuotas de la seguridad social y el 25% del sueldo, temo que me echen y sólo cobre el 75% que paga la mutua y deje de cotizar, me gustaría saber si mi jefe puede reclamar a la aseguradora culpable los gastos de la seguridad social y el 25% del sueldo que le está ocasionando un gasto que no se puede permitir.

    1. Hola Alicia, tu jefe puede reclamar, pero no podemos confirmar que tenga éxito dicha reclamación. Respecto a que te pueda despedir por haber sufrido un accidente, sería en todo caso despido improcedente, y si dices que está en mala situación económica, no creemos que le compense. Esperamos que te recuperes pronto. Un saludo.

  12. Hola, hace 2 años (2019), mi padre que iba en bici, perdió el equilibrio con la mala suerte de caer contra la puerta de un coche que circulaba en sentido contrario. Como es una persona mayor y estaba en el suelo, llamaron una ambulancia y lo llevaron a Urgencias al hospital comarcal, donde tras hacer un RX le dieron el alta pues no tenía nada. No estuvo ni una hora allí.
    El seguro del hogar se hizo cargo del arañazo de la puerta del coche entonces, y no volvimos saber nada hasta hace unos meses, que nos llegó una citación judicial de la compañía de seguro del coche reclamándonos los costes médicos (nos 250 € de la ambulancia y sobre 400 € de la atención y el RX).
    Hemos hablado con nuestro seguro del hogar, y nos dice que debemos pagar esos gastos a la otra compañía, pues el accidente era responsabilidad de mi padre, y luego reclamarlos al Servicio de Salud de Galicia (SERGAS).
    Mi padre tiene 85 años, es pensionista y por supuesto tiene cartilla SS desde hace 50 años al menos. Puede el SERGAS cobrar esa asistencia a mi padre? Muchas gracias

    1. Hola Juan, dichos gastos sanitarios los debe cubrir la seguridad social, pues la bici no es ningún vehículo a motor y no se contempla dentro del acuerdo de UNESPA para la asistencia sanitaria de accidentes de tráfico. La SS siempre que pueda, cobrará el gasto sanitario a algún seguro que lo cubra, pero en este caso no existe ninguno. Saludos.

  13. Acudi a urgencias por un dolor cervical. solo me hicieron una radiografia y me receteron antiflamatorios, fue a causa de un frenazo donde iba de ocupante pero ni hubo accidente ni parte. me dicen que tengo que pagar el coste y no tengo los datos del seguro del conductor porque insisto no hubo accidente. Estoy obligada a abonar el coste de una visita a urgencias por un dolor cervical agudo?

    1. Hola Ari, la compañía valorará si tiene nexo causal la dolencia con la velocidad y tipo de maniobra que realizó el conductor, para asumir culpa. Saludos.

  14. Buenas tardes,mi duda es la siguiente: hace un par de semanas me dieron un golpe en el coche parada en un semáforo, en el servicio de urgencias me diagnosticaron contractura cervical pero al no tener el coche daños por valor superior a 200€ el seguro del coche contrario dice que no me corresponde asistencia sanitaria a su cargo y el médico de cabecera dice que la Seguridad social no costea daños ocasionados en un accidente de tráfico. Yo continúo con dolor cervical y de cabeza, soy yo quién debe asumir los gastos de la asistencia sanitaria? Gracias.

    1. Hola Elvira, debes insistir a tu compañía para que el abogado de la misma asignado a tu caso pelee tu expediente. Te recomendamos la lectura de este artículo de la Asociación de Víctimas de Accidentes, que trata sobre lo que te ha ocurrido, donde lo detallan y explican muy bien:

      Saludos.

  15. Buenas Tardes y felicidades por la pagina es muy Buena.

    Tengo unas Pregunta, aparte de que acabo de obtener el Seguro Auto Premium con Franquicia, en Liberty, he puesto el máximo en cuanto a cobertura al conductor, Muerte e Invalidez 90000€, y cobertura Sanitaria Ilimitada en España,
    La Pregunta es, En el Extranjero, cualquier País de la UE, estoy cubierto igual que en España,? y los Acompañantes del vehículo igual, en caso de accidente Individual, o solo por los 200€ diarios, por que pone en las Condiciones generales, año, si es que no lo he interpretado mal.
    Muchas Gracias, y un saludo.

    1. Hola Andrés, gracias por tus palabras y agradecerte tu pregunta, pues cuando el accidente ocurre en el extranjero no se activa el convenio de UNESPA por lo que el límite de asistencia sanitaria para el conductor será el capital contratado para la libre elección de clínica. Respecto a los 200 € diarios, se refiere exclusivamente a la hospitalización. Saludos.

  16. Buenas:
    Estoy mirando seguros de moto y mientras que en varias compañías hay limite de gastos sanitario (atención médica, hospitalización, etc) en la Mutua Madrileña me dicen que los gastos son ilimitados porque tienen un convenio con la Seguridad Social ¿es esto cierto?

    Un saludo.

    1. Hola Roberto, prácticamente todas las compañías tienen acuerdo con Unespa. El problema puede venir cuando el accidente lo tienes tu solo sin contrario, pues existen unos límites en dicho acuerdo. En el artículo lo desarrollamos más profundamente. Saludos.

  17. Hola,mi duda es …
    Mi pareja ha tenido un accidente de trafico el solo,se ha salido de la calzada, no estaba bajo efectos de alcol ni drogas.
    El coche era de alquiler con un seguro a terceros.
    Al ser el solo sin afectar a nadie mas, sus facturas medicas (hospital de urgencias público) las paga el seguro o nos lo van hacer pagar a nosotros?

    1. Hola Laura, según indicamos en el artículo, el seguro cubre hasta unos límites según convenios de Unespa con los hospitales públicos y privados. Si se exceden dichos límites el gasto del mismo los debería de pagar tu hermano, pero en el caso que el hospital se los reclame, pues en la práctica aunque es como te indicamos, la seguridad social no reclama habitualmente. Saludos.

  18. Buenos días! Mi caso es el siguiente: Mi padre falleció este verano a causa de un accidente de moto donde él era culpable. Estuvo 3 meses en el hospital en cuidados intensivos. El seguro de la moto ha pagado la factura al hospital, que es público, pero no está concertado en la compañia de seguros. Mi duda es la siguiente: Puede el seguro repercutir la factura contra los herederos? Es una cantidad muy elevada y necesito saber ese dato. Muchas gracias!

    1. Hola Sara, en primer lugar, nuestro más sincero pésame por el fallecimiento de tu padre. Respondiendo a tu pregunta, si la compañía lo ha abonado es porque tu padre tendría una cobertura en asistencia sanitaria en el seguro de moto muy amplia, y ha sido suficiente, pues en caso contrario no la hubiese abonado. Saludos.

  19. Buenas tardes, me gustaria que me resolvieran una duda. Hace unos años tuve un pequeño accidente que constó en lo siguiente: La rueda de mi coche sufrió una rotura con tan mala suerte que fue saliendo de una rotonda (es decir, iba a una velocidad baja unos 20-25 km/h. En esa zona había unos bloques de hormigón que separaban el carril bici de la calzada. Esos bloques no cumplían con la normativa que debía de cumplir y finalmente el ayuntamiento acabó quitándolos del medio puesto que eran demasiado altos. Total, lo que pasó fue que uno de esos bloques me dio debajo del coche haciendo que el airbag saltara y este, reventase.

    Como era de esperar llamé a mi aseguradora y demás, el accidente no fue nada grave ni para mi ni para nadie porque iba sola en él, volviendo de una prácticas de la universidad. Como era tema de la universidad, me dijeron que debían de ir al médico a que me mirasen, por tanto fui a él.

    Resulta que, según mi aseguradora en ese momento, al tener un accidente e ir a un hospital el aprte se gestiona como: Siniesto con respondabilidad civil y daños materiales (Repito que la después de 2 años no consta que el ayutamiento pidiera a la mutua nada de dinero puesto que no rompí nada de la vía pública)

    Por ese motivo, a pesar de tener un expediente perfecto todas las demás aseguradoras me ponen unas primas enormes, me han comentado que aparece que tengo un siniestro total con daños a teceros tanto materiales como personales.

    Me gustaría saber si es cierto, es decir, si por tener un accidente en el que me miraron por seguridad donde, según la factura que he visto, han pagado 275 € ya implica que he tenido un Siniestro con Responsabilidad civil Y DAÑOS materiales.

    Un saludo

  20. Hola, quería consultaros sobre un problema que nos ha surgido. Un familiar trabaja de repartidor por cuenta ajena y usa una moto de la empresa. El pasado viernes, tuvo un accidente con la moto (él solo), la carretera estaba mojada, la moto se le fue y con la mala suerte de que se golpeo la cabeza al caer (llevaba casco). El accidente fue el viernes, el siguió trabajando, pero estuvo todo el día con dolor de cabeza y cuello. El domingo (3 días después del accidente), al ir a peor el dolor de cabeza y cuello, acudió a urgencias, hospital público, donde le hicieron una radiografía, así como un parte médico y la entrega de un papel donde debería de entregarlo en el plazo de 15 días en el hospital sobre la mutua que le corresponde ( al ser un accidente laboral y de tráfico). Hoy lunes, llamó a su trabajo a quien le envió todos los informes médicos y le comentan que ellos se encargaran de cubrir los gastos médicos de la urgencia a la que acudió, pero que debería de haber acudido a un centro de la Mutua. Mi duda es el plazo que tiene para entregar los partes, donde se puede informar si la mutua realmente se hace cargo de los gastos de esa consulta y si ocurre algo al acudir a urgencias 3 días después del accidente y no en el mismo momento.

  21. Buenas tardes:
    Tras sufrir un accidente el día 24 de diciembre, dando marcha haciendo la maniobra de aparcamiento, me puse e n contacto con mi seguro y me comentaron que no me cubría ya que iba contra marcha de la vía, me fui al hospital a que me atendieran, ya que me sentía un poco marea, y ahora me llega una carta que tengo que pagar a la seguridad solo poder asistida. Que es lo que tengo que hacer ?

  22. Mi marido tubo un accidente con mi coche y el no figura la póliza como segundo conductor fue trasladado en hospital con ambulancia y ingresado 3dias y ahora hospital reclama los gastos de seguro que podemos hacer El tenía seguridad social estaba trabajando porque hospital reclama dinero?

    1. Hola Rositsa, lo primero esperamos y deseamos que tu marido se encuentre bien sin secuela alguna por el accidente sufrido.

      Respondiendo a tu pregunta, si tu marido cumple con los requisitos de edad y años de carnet, en la mayoría de compañías no es preciso declararlo en póliza para tener cobertura. ¿En que compañía estáis? Otra cosa es que no tengáis incluida la cobertura “accidentes del conductor” que cubre fallecimiento, invalidez y asistencia sanitaria. Otras compañías aplican otro criterio respecto a los conductores, empleando la regla de equidad, si cualquier persona que conduzca el vehículo asegurado sufre un siniestro, y tiene menos años de edad o de carnet que el conductor declarado, con el perjuicio que ello supone.

      Saludos.

  23. El pasado dia 24 de Agosto tuve una caida de mí moto, me trasladaron a un centro médico privado, diagnosticandome rotura de clavícula y varias costillas rotas. El médico me interna tres días, cual es mí sorpresa cuando me llaman de administración y me comentan que mí compañía de seguros(Antares), no la de la moto, no cubre accidentes de circulación ni de tráfico, que debe ser la compañía de seguros de la moto quien se haga cargo de los dias de hospitalización. al habla con mí seguro (Linea directa) me informa que no tengo seguro de conductor ni seguro de cobertura médica y que los gastos debo de pagarlos yo.
    la factura que pagué fue de 522 euros, puedo reclamar algo sobre esta gestión. Gracias

    1. Hola Antonio, sentimos lo sucedido, y esperamos que estés recuperado al 100%. Por desgracia es correcto y no puedes reclamar si no tenias incluida la garantía de accidentes del conductor, que de normal, en la gran mayoría de compañías tradicionales se cubre por defecto, con más o menos capital, pero esta cubierta. No obstante, en compañías low cost y digitales, para que salga por defecto un precio mucho más bajo e hipnotizar a los potenciales clientes, no incluyen de primeras muchas coberturas necesarias e importantes como la comentada. Saludos.

  24. Buenas,
    A mi esposo le atropello un coche fuera de un paso de peatones. El acudió al servicio de urgencias del hospital más próximo. Nosotros no reclamamos nada a la compañía aseguradora del coche que le atropello, pero nuestra duda es ¿quien paga la asistencia en el Hospital?, unos nos dicen que se hace cargo la compañía del vehículo (aunque no sea culpable) y otros nos dicen que nos van a pasar la factura a nosotros.

    Gracias por adelantado.

  25. Buenas
    Un vehiculo me golpeo por detrás en un semaforo siendo yo el conductor el pasado día 9 de mayo, acudí al hospital mas cercano de la seguridad social donde me atendieron y me diagnosticaron esguince cervical. Han pasado los días de tratamiento q prescribieron y sigo con problemas, me he peusto en contacto con mi aseguradora y me dice que debo acudir a mi medico de atención primaria de la seg social para que ellos autoricen cualquier tratamiento. Me niego a ello pues según tengo entendido tengo derecho a libre elección de centro sanitario, he acudido a un centro adherido al convenio UNESPA y también me dicen que antes de atenderme tiene que autorizarlo mi ocompañía. ¿qué puedo hacer para que me atiendan sin costes como establece mi poliza de seguro?
    Gracias por la ayuda

    1. Hola Pedro, que el nuevo centro adherido al convenio Unespa hable con tu aseguradora. Ellos te ayudarán. Saludos.

  26. hace una semana nos dieron un golpe por detras con el coche estabamos paradas en un semaforo en rojoy nos dieron nuestro coche no tiene daños pues solo se quedo un rayon de la pintura del otro y lo quitamos con las uñas.

  27. Hola buenas! He tenido un accidente con la moto sin contrario, pego un frenazo el coche de delante y yo al frenar me fui al suelo sin darme con nada ni con nadie. Mi seguro es de mutua madrileña. Y tengo asistencia sanitaria hasta 1800 euros.
    Me atendieron y me llevaron en ambulancia al hospital.
    Me atendieron en urgencias y el diagnóstico clavícula rota y fisura en costilla.
    Me informan que me puedo operar de fomar voluntaria o dejar que suelde sola y me dan el alta de urgencias.
    En ningún momento se me ha dicho qué la operación tenga ningún coste y al ser algo voluntario y que me aconseja el traumatólogo me he operado.
    Estoy llendo una vez a la semana para hacer las curas.
    Me pueden reclamar los costes de la operación?
    De ser así no deberían haberme informado ya que tenía la opción de no pasar por el quirófano?
    Llame a mi seguro para informarme y su respuesta fue que los gastos médico del dia de la urgencia se encargaban ello hasta la alta de esta. Y que el resto de las intervenciones se encargaba la seguridad social. Gracias un saludo!

    1. Hola Carlos gracias por tu aportación. Las propias compañías ni forman ni informan a sus empleados, con lo cual estos desgraciadamente no informan ni asesoran correctamente a sus clientes. No es correcto lo que te indican. El acuerdo sanitaria en accidentes de tráfico lo estipula el convenio de Unespa, al cual puedes acceder desde nuestro propio artículo. Lo que no asume el hospital (tanto privado como público) por dicho acuerdo lo reclama el centro sanitario a la compañía aseguradora y esta paga hasta el límite contratado en tu caso 1.800€, lo cual es insuficiente. Que ocurre en estos casos, pues que la compañía aseguradora abona hasta ese límite al centro sanitario, el cual debería de reclamar el pendiente al paciente, pero lo que ocurre es que cuando se trata de la sanidad pública, se queda estancada dicha gestión, de forma frecuente. Por el gran déficit que existe en las arcas de la seguridad social, algunas comunidades están revisando este proceso para reclamar todas estas facturas que se suelen quedar sin cobrar. Si nunca a nadie se le hubiese reclamado una factura de este tipo, esto sería una leyenda urbana, pero por desgracia pasa y existen casos reales. Esperemos que en tu caso se quede archivado y no te reclamen. Saludos.

  28. Qué vergüenza de país!!! O sea, que pago casi 300 pavos al mes de SS como autónomo, no la uso, me caigo con la moto por el mal estado de la carretera, me parto el tobillo y lo que no cubra mi seguro tengo que pagarlo yo? ESTAMOS DE COÑA?

    1. Hola Francisco, la seguridad social de nuestro país es de las mejores del mundo, te puedes imaginar como tratan este tema en otros países. Respecto a lo que comentas, si el accidentes es causado por un mal estado/conservación de la carretera podrás reclamar todos los gastos a la Administración o a la empresa privada que gestiona dicha vía. Saludos.

  29. Hola buenas tardes, yo tuve un accidente solo con la moto y me rompi el hombro el humero y me van a quedar secuelas una rotacion la e perdido me tiene que compensar de alguna forma mi seguro por limitacion de la articulacion mi seguro es linea directa de terceros ampliados gracias espero respuesta.

    1. Hola Manuel, tienes que comprobar la cobertura de invalidez dentro del seguro del conductor. Te pongo un ejemplo de cobertura de una compañía real:

      B) Invalidez permanente
      Se pagará la proporción del CAPITAL ASEGURADO en función del grado de invalidez permanente determinado dentro del periodo de los 2 años siguientes a la fecha de ocurrencia del accidente y como consecuencia del mismo.

      El cálculo del grado de invalidez se basa en el certificado médico en el que consta la invalidez resultante y de acuerdo con él. REALE determinará el grado de invalidez correspondiente aplicando la Tabla VI Clasificación y valoración de las secuelas del BAREMO contenido en el “Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación” Anexo al texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor o la que la complemente o la sustituya y esté en vigor en ese momento, salvo en lo relativo al “Capítulo especial -Perjuicio estético”.

      Saludos.

  30. Creo que están en un error. Según la Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico

    A. Siniestros en que intervenga un único vehículo.
    Las Entidades Aseguradoras se obligan al pago de las prestaciones sanitarias que precisen las víctimas del siniestro, incluido el conductor del vehículo, si bien, en este caso, con el límite recogido en las condiciones económicas del Convenio.

    El importe de la facturación de las prestaciones sanitarias en el caso del conductor de un siniestro en el que interviene un solo vehículo no podrá ser superior a: 10.057 euros para el año 2019.

    Es decir, la aseguradora está obligada a pagar hasta ese importe, el conductor en ningún caso.

    1. Hola Jorge, no estamos en un error, y esperamos que nunca tengas que comprobarlo. El exceso de esos 10.057€ los pagará la compañía aseguradora hasta el límite de la cobertura de asistencia sanitaria dentro de la garantía de accidentes del conductor, en caso de tenerla contratada, pues es optativa. Y si no hay cobertura suficiente, el coste lo asumirá el conductor. Lo que ocurre, es que en la práctica, los departamentos financieros de los hospitales públicos son un desastre y no reclaman esos excesos de facturación a los ciudadanos en la mayoría de las ocasiones, pero están en su derecho y existen casos, como otros usuarios que lo han contado en los comentarios de este propio artículo, y últimamente por la mala tesorería de la seguridad social, se están dando más reclamaciones. Saludos.

  31. Hola, tuve un accidente hace casi 10 meses y me hicieron rehabilitación en la muñeca, ahora me vuelve a dar molestias, ¿me atenderán gratuitamente en la seguridad social o al ser lesión derivada de un accidente de tráfico debería hablar con el seguro?gracias!

  32. Felicito a los creadores de este blog. Hay muy pocos que expliquen las cosas claras. Estoy viendo el cambiar de compañia de seguros para mis pólizas de coche y moto de mi casa. Despues de unos cuantos días mirando los condicionados generales de la pólizas y preguntando a los mediadores tengo que decir que hay un desconocimiento general de este tema que considero fundamental. Las condiciones particulares tampoco aclaran la mayoria de las veces este asunto. hay algunas compañias que afirman que cubren gastos ilimitados en centros concertados (se supone que los del convenio de UNESPA) y en otras figuran cantidades concretas como 6k euros. Entiendo que los casos donde no hay contrario coo se cita en el articulo los cubre el seguro pero hasta que cantidad? En mi póliza actual figura atención ilimitada por dos años en centros concertados sin especificar cifra, pero tambien incluye estos casos?
    Que cantidad recomendáis para el seguro del conductor?
    Gracias porque esto es un poco lio

    1. Hola Jose, hemos tenido el gusto de poderte conocer en persona, y resolver las dudas que tenias, además de realizarte un estudio integral de todos tus seguros. Esperamos poder ser tu asesoría de seguros de confianza. Saludos.

  33. Hola, hace unos días tuve un accidente. El coche que llevaba no era mio. Así que no figuro en la póliza. Provoque un choque en cadena . Tres vehículos afectados. El mío y dos más. Fuí al hospital a que me atendieran.
    Ahora el hospital me pide datos del vehículo propietario etc para pasar la factura a la compañía. Allianz. Quién pagará los gastos de mi visita hospitalaria? Muchísimas gracias

    1. Hola Indira, los gastos sanitarios del conductor los cubre la compañía, siempre que este conductor cumpla los requisitos de edad/años de carné que aparezcan en las condiciones pactadas en la póliza. Un saludo.

  34. Buenas tardes,

    Hace poco deje a un amigo mi vehiculo por un tema urgente que iba a resolver en unas horas con la mala suerte de que por un frenazo de otro vehiculo se vio obligado a frenar y se salio de la carretera aunque no hubo ninguna colisión ni ningún otro vehiculo implicado. El caso es que fue la guardia civil y pidio una ambulancia y se lo llevaron por precaución al hospital mas cercano, ahora mi seguro me quiere cobrar a mi mas de mil euros por este tema de la ambulancia porque dicen que esa persona tiene menos de 26 años cuando yo ni he usado, ni he pedido ni he tenido nada que ver con ese tema ¿es legal que me reclamen a mi este dinero? Gracias

  35. Tuve un accidente en diciembre del año pasado fue culpa mia, tengo una contractura muscular desde entonces, voy ala compañía de seguros me asen una resonancia y me detectan una eficema pulmonar y la doctora me manda ami medico de cabecera, e seguido un tratamiento durante todo el año y llevándole informes ala compañía, y ahora no quieren darme realivitacion porque a pasado mucho tiempo y lo de los pulmones no tiene que ver con el dolor que llebo 9meses así, que puedo aser??

    1. Hola Mary Luis, tienes 72 horas para acudir a un centro médico de urgencias desde que sufres el accidente para poder disponer de rehabilitación por el seguro. Saludos.

  36. Buenas hace 2 años al parar en un paso de peatones me dieron por detras fuimos a juicio porque al no salir mi pareja del coche para quedarse con las niñas que estaban dentro las del otro coche decian que no iba en el solo porque no lo vieron al tener las lunas tintadas. En el juicio no nos dieron la razon y ahora la compañia le reclama los gastos de urgencias tras sufrir el accidente. Que se puede hacer? Se puede declarar insolvente?

    1. Hola María, deberíais de haber reflejado en el parte amistoso que existían victimas y haber reflejado sus datos, pues de esta forma hubiese quedado constancia. Lo tenéis complicado. Sentimos no poder ayudaros. Saludos.

  37. Yo sufri un accidente de trafico el 10/03 de este año .. y aun sigo de baja medica … Mi cobro en la mutua se ha reducido al 50% .. y tengo tres hijas pequeñas .. quiero saber si yo trabajo y me doy de alta en la seguridad hay algun problema con las citas y dias que me cubre el seguro para la indemnizacion

    1. Hola Ana, la indemnización diaria por baja es superior a cuando estas en activo, aunque sigas precisando rehabilitación. Saludos.

  38. Mi compañía de seguros, Mapfre, me permite ampliar los capitales de la Cobertura de Accidentes Personales del Conductos, entre ellos, el de asistencia sanitaria (poliza 10 y poliza lider).

    Actualmente tengo contratado un capital de 185.000 euros para asistencia sanitaria, pero también me ofrece la posibilidad de gastos sanitarios ilimitados en euros (y limitado en tiempo por un año como máximo).

    ¿Cuál me aconsejaría? A pesar de que actualmente tengo contratado un capital elevado, la opción de ilimitado obviamente es superior. Creo que la gran mayoría de Hospitales públicos son centros concertados (en virtud del convenio con UNESPA).

    Ante un accidente muy grave, insisto, muy grave, con necesidad de grandes gastos sanitarios derivados del mismo, y teniendo en cuenta que, según el citado convenio cada día de UVI ronda los 1.400 euros, los 180.000 me daría para unos 130 días de UVI….

    ¿Qué me aconsejaría? Para estos casos siempre me pongo en el peor de los escenarios.

    Muchas gracias.
    Un saludo desde Las Palmas de Gran Canaria

    P.D.: adjunto la redacción actual del art. 45 de las Condiciones Generales:
    ARTÍCULO 45. GARANTÍA DE ASISTENCIA SANITARIA
    1. Se cubre, hasta la cuantía determinada en las Condiciones Particulares de la póliza,
    el pago de los gastos de asistencia sanitaria necesaria e idónea para la curación de las
    lesiones sufridas en el accidente.
    Se comprenden los gastos realizados en territorio nacional y que se devenguen dentro
    del plazo de 365 días a partir de la fecha de ocurrencia del accidente.
    Se cubren, en todo caso, las necesarias asistencias de carácter urgente.
    2. Se consideran gastos de asistencia sanitaria, a los efectos de esta cobertura, los derivados
    de la asistencia médica y hospitalaria; así como, en virtud de prescripción facultativa
    idónea, el transporte sanitario necesario para el tratamiento, la implantación de prótesis
    internas, los gastos farmacéuticos y la cirugía plástica reparadora de alteraciones funcionales,
    quedando excluida la cirugía estética.

    1. Hola Juan Carlos, te recomendamos leas de nuevo el artículo con más profundidad pues es un tema complejo. Resumiendo indicarte que todas las compañías (casi todas que sepamos) están adheridas al convenio Unespa por lo que existe concierto de asistencia sanitaria en centros sanitarios tanto públicos como privados, y por ello las compañías (casi todas) en sus condicionados reflejan que ofrecen asistencia sanitaria ilimitada en centros concertados y un límite dinerario en los de libre elección, pero aun siendo centros concertados y existiendo convenio de Unespa existen carencias o limitaciones y no es ilimitada la asistencia en todos los casos, por lo que no dicen “toda la verdad”. Respecto al límite de asistencia sanitaria en centros de libre elección la cantidad que indicas no es posible pues Mapfre no ofrece esas cantidad, la mayor cuantía que ofrece es 30.500€. Saludos.

        1. Disculpa Juan Carlos, en Mapfre esta garantía de asistencia sanitaria en centros de libre elección se puede ampliar hasta los 216.000€. Sentimos la confusión. Que sepamos es la compañía que mas capital ofrece por este concepto. Pelayo sería la siguiente con hasta 100.000€. Siempre puedes ampliarla contratando el seguro de accidentes de circulación aumentando en 30.000€ más dicha asistencia sanitaria. Saludos.

  39. Buenas tardes, la pasada madrugada del martes un coche que se saltó un ceda a bastante velocidad Arroyo mi vehículo que volcó de lado del conductor. Yo iba acompañada de mi madre, nos asistió la ambulancia y los bomberos, junto a la policia local. El conductor culpable del hecho, no tiene carnet, ni seguro y doblaba la tasa de alcholemia… Me han comunicado q de todos los gatos se encargará el consorcio de seguros y que tendré q esperar. Quisiera saber q tiempo aproximado puede ser, porque me han comentado q tengo q afrontar los pagos de reparación de mi vehículo hasta q todo se solucione. Gracias por su atención.

  40. Hola, he llegado hasta aqui porque busco información relativa al tema tratado, hace 12 dias un vehiculo nos impactó por detras, mi mujer y yo ternimamos con dolores en el cuello, a ella la llevaron en ambulancia a un hospital privado y yo fui 2 despues por los dolores que aparecieron en ese momento. A dia de hoy hemos contactado con el hospital para que nos traten e inicien la rehabilitacion (especialmente a mi mujer que tiene dolores más fuertes y mareos, no ha cogido baja porque no podemos permitirlo y además donde trabaja siempre despiden a quien coge bajas), contactamos con nuestro seguro (la parte contraria ya aceptó el accidente pero a dia de hoy no se hizo todavia peritaje del vehiculo tras 12 dias en taller) y la respuesta que nos da nuestro seguro (a pesar que al menos ella como pasajera deberia estar cubierta) es que vaya a la seguridad social, lo que implica que una cita con su medico suelen darla para 8 dias despues y a partir de ahi a saber para cuando le darían cita con un traumatólogo, le agradeceriamos nos informe que podemos hacer, estamos practicamente a diario encima de nuestro seguro pero no nos dan ninguna respuesta satisfactoria, muchas gracias por su atención.

    1. Hola Enrique, sentimos lo sucedido. Vuestra compañía no esta actuando correctamente por los acuerdos de asistencia sanitaria por accidente de tráfico es tanto en hospitales/clínicas públicos como privados. Tu puedes ir al que tu consideres siempre y cuando este adherido al convenio de UNESPA y posteriormente comunicarlo a tu aseguradora. No tiene porque ser un centro público. Si tienes mediador apóyate con él. Saludos.

  41. Muy buenas.
    Tengo una duda que me gustaría que me resolvieran.
    El pasado lunes tuve un accidente con mi ciclomotor y el vehículo culpable se dio a la fuga sin poder coger ninguno de los testigos la matrícula. Estoy yendo al médico del hospital pero el centro en el que hiba hacer la rehabilitación me dicen que tendré pagar yo los gastos médicos ya que el consorcio no se hace cargo de los gastos médicos ni de la rehabilitación.

    1. Hola Bienvenido, no entendemos lo que te indica el hospital ya que una de las funciones del Consorcio es indemnizar a quienes sufran daños corporales por siniestros ocurridos en España en aquellos casos en que el vehículo causante sea desconocido. Habla con tu compañía si es ella la que esta tramitando el siniestro con el Consorcio. Un saludo.

  42. Hola espero que podáis aclararme una duda!
    El día 26 de abril me caí en Mercadona por culpa de un bote de yogur derramado en el suelo me encontraba bien aunque un poco dolorido de la caída y no lo vi importante pasado varíos días seguía doliéndome un poco el hombro y fui a urgencias me hicieron una radiografía y tengo el tendón inflamado del golpe y al hablar con Mercadona me dicen que al esperar 7 días para ir a urgencias por la caída ya no se hacen responsables aunque la caída fue fuerte.es cierto eso?
    gracias

    1. Hola Christian, el artículo trata sobre gastos sanitarios derivados de un accidente de tráfico. El hecho que nos comentas nada tiene que ver con el tema del artículo. Un saludo.

  43. ola buenas tardes. el otro dia sufri un accidente siendo yo el acompañante en una moto lo que me provoco un esquince bilateral severo con baka aproximada de un mes. yo estoy trabajando y quisiera saber si me van a pagar el importe integro de mi nomina, si tendre algun tipo de indemnizacion y si me cubrira todos los gastos medicos. muchas gracias

  44. Hace una semana me ha atropellado una moto. Estoy embarazada de 7 meses. El conductor se quedó a mi lado en todo momento. Fui atendida en urgencias de maternidad del hospital, a parecer el bebé está bien. Y digo al parecer pq hasta que no nazca no lo sabré con seguridad. Hoy me llama la compañía de seguros del conductor y me dice que no me cubre en nada, ninguna revisión ginecologica ni nada, que para eso esta la seguridad social que la pagamos todos, palabras literales. Yo de momento no he interpuesto ninguna denuncia, aunque la policía local y atestados registraron el accidente. Ante la irresponsabilidad de la aseguradora y mi miedo a que el bebé pueda teber alguna secuela ¿que me recomienda?

    1. Hola Valle, esperamos que todo haya ido bien y tu hij@ no haya tenido ningún problemas a causa de dicho accidente. En caso de haberlo tenido te aconsejamos apoyarte en tu mediador de seguros y analizar la protección jurídica de tu seguro de hogar o vehículo pues puede cubrirte en caso de sufrir daños como peatón. Saludos.

  45. hola, hace unos dias a mi hija le atropello un coche, fue poca cosa le paso la rueda por el pie y no tiene nada roto, es verdad que el conductor se quedo con nosotros hasta que llego la ambulancia y nos traslado al hospital para ver si tenia algo roto, no es asi, solo una contusion. A mi no se me ocurrio pedirle los datos y no lo conozco de nada.
    Ahora me llega una carata del hospital que si no doy los datos me pasan a mi la factura, ¿que puedo hacer?

    1. Hola Rocio, lo primero nos alegramos tu hija este bien. Por otro lado si no tienes forma de conseguir los datos del conductor o de su vehículo y el hospital te reclama los gastos no vemos otra solución más que hacer frente a estos. Lo lamento. Un saludo.

  46. Hola,

    He contratado un seguro de coche con 60.000 de daños del conductor pero me he llevado una sorpresa al ver que aparece “Gastos de asistencia sanitaria. Reembolsable hasta 6.000 euros” Yo pensaba que esos 60.000 euros cubría cualquier daño que sufra el conductor, ya sea fallecimiento, invalidez o asistencia sanitaria. La compañía es Axa.

    1. Hola Antonio para responderte correctamente deberíamos ver las coberturas de tu póliza y como están desglosadas las coberturas y sus limites de indemnización. Te aconsejamos, si dispones de mediador, consultarle ya que este puede acceder a los datos de tu póliza, resolverte estas dudas y ajustar tu contrato a tus necesidades. Un saludo.

  47. Estando parado con mi camión estaba puesta la marcha atrás con el freno de mano puesto y yo solte el pedal del embrague y el camión hizo el baiben de atras hacia adelante con la tan mala suerte que había una persona detrás pudiendo ser golpeada hay que pagar gastos médicos

  48. El 7 de de julio tuve un accidente de tráfico yendo a trabajar. He estado de baja hasta el día 26 de octubre. He tenido que impugnar el alta en el inss. Porqu no se hacerlo cargo de mi daño en el brazo derecho. Me tiene que hacer el médico de cabecera algún parte de baja?

  49. Buenos Días. Un amigo me ha comentado que si coges un coche que no es el tuyo, es decir, el asegurado es otro (por ejemplo, que te deje el coche un amigo o tú novia) y tienes un accidente que provocas tú, el seguro no cubre los gastos médicos que tenga ese conductor ocasional.
    Gracias.

    1. Buenos días Félix, disculpa la demora en al contestación, si ese conductor ocasional esta autorizado a conducir el vehículo asegurado los gastos médicos de este estarán cubiertos.
      Un saludo.

  50. Buenos días:

    Muy interesante el artículo. Mi caso particular es que soy bicimensajero por la ciudad de Madrid (trabajo como autónomo RETA). Tengo un seguro de responsabilidad civil de Mapfre (contratado on line), sin cobertura accidentes con la bici. Me entra la duda de que pasaría conmigo si me caigo fortuitamente de la bici o causo un accidente. Por lo que leo me van a cobrar los gastos de ambulancia, hospitalarios y rehabilitación. Mi cuota de autónomo solo incluye contingencias comunes porque mis ingresos tampoco son muchos (no llego a 800 euros). Gracias.

    1. Hola Pablo la bicicleta no se considera un vehículo a motor, por lo que no se aplica los descritos en este artículo. Pero como sería un accidente de trabajo y no tienes incluida las contingencias profesionales, la seguridad social si dices que el accidente ha sido por un accidente de trabajo no te atendería y si fuese grave te atendería y posteriormente te pasarían cargo de la factura. Nuestro consejo: incluirte contingencias profesionales, contratar un presupuesto seguro de salud que incluya accidentes laborales o contratar un seguro de accidentes. Saludos.

  51. Buenas,

    Gracias por las respuestas y por la web…

    Una duda, tengo contratado el seguro del conductor con vosotros (el de Liberty), ¿cuáles serían los pasos correctos si tuviera un accidente sin contrario? ¿inmediatamente contactar con la aseguradora?

    Muchas gracias

    1. Hola Luis, gracias a ti por tu confianza. Si el accidente es grave y no estás en situación de tomar decisiones, te llevaran al hospital público más cercano del lugar del accidente. Por contra, si no es tan grave puedes decidir tú mismo a que hospital acudir. Tienes libre elección de hospital, pues el seguro de Liberty te reembolsará hasta 30.000€ de las facturas que presentes por los gastos sanitarios derivados de dichos accidente.

      Y por supuesto lo antes posible comunicarnos la existencia de dicho siniestro para realizar el seguimiento adecuado y estar a tu lado en todo momento para lo que precises.

      Saludos.

  52. Hola buenos dias, te explico mi caso y mi duda:Hace un par de dias conducia por una calle a entre 20/30 km/h, al aproximarme a un coche apercado a mi izq,se cruzo corriendo un niño de unos 4 años(no habia paso de peatones)frene de golpe pero aun asi le di un golpe en la pierna,a pesar de que el niño estaba aparentemente bien (movia bien la pierna,con conocimiento en todo momento, etc) llame al 112, se persono la policia municipal, hablaron con testigos que verificaron que yo iba despacio y el niño cruzo de repente y corriendo, din darme a penas tirmpo de reaccionar, la policia me tomo los dayos del vehiculo, seguro, etc (todo en regla)acudio un ambulancia para verificar que el niño no tubiera lesiones grabes, dolo magulladuras y el dolor logico del golpe y mi coche no sufrio daños (le di flojo, al ir despacio y frenar) mi pregunta es, quien pagara en ese caso la asistencia saniraria del niño, en caso de que fuera necesaria? al tratarse de un accidente sin lesiones se pondran en contacto con migo? Muchas gracias y en hora huena por el blog.

  53. Buenos días,
    Mi duda es tuve un accidente y nos dieron por detras,culpa del otro.
    Hicimos parte amistoso y mi acompañante se sintió dolorido y fuimos al centro privado de urgencias que nos corresponde,xq no tenemos seguridad social,somos mutualistas.Mi compañia dice que no cubre esta asistencia porque es un accidente leve y despues que tenia q haber ido a uno publico.Tampoco le reclama a la otra compañia los gastos.¿Es esto normal? ¿Que debo hacer?

  54. Hola. El viernes tube un accidente de trafico a consecuencia del mal estado de la carretera del cual hay informe de atestados. A mi las revisiones medicas y tratamientos me la esta llevando la mutua del trabajo. Mi pregunta es. Tengo algun tipo de indennizacion por parte de mi seguro?

    1. Hola Ali, podrás reclamar daños y perjuicios a la administración, a través de la cobertura de protección jurídica de tu seguro. Saludos.

  55. Hola, hace 16 dias sufrí un accidente con la moto, mi novia me adelanto con el coche y el coche de delante de ella frenó, por lo que ella tambien así que al esquivarla perdí el equilibrio y choque contra el bordillo,. No hubo colisiones entre vehículos y tanto la moto como yo estabamos bien. Mi novia me llevó al hospital y allí descubrieron que tenia la clavicula fracturada. Pero que se iba a curar sin operación. Mi novia y yo no dimos parte a ningún lado, pensabamos que en estos casos la misma seguridad social cubriria los gastos. El hospital dio parte a la aseguradora de la moto. Ahora no sabemos que cubre que, tenemos miedo de que la ss no cubra nada, y el seguro tampoco, y ya 16 dias del accidente no sabemos si será posible dar los datos del seguro del coche. Y si lo hicieramos si habria alguna represalia grave por haber tardado tanto en dar el parte.

    1. Hola Magdalena, en estos casos siempre hay que cumplimentar parte amistoso, y si además hay lesiones o posibles lesiones, hay que llamar a atestados, pues ahora no puedes reclamar nada. Aunque no hubiese colisión/impacto con el coche de tu novia, como tuviste que realizar una maniobra evasiva precisamente para evitar el impacto, siempre que justifiques imprudencia del contrario se puede ganar el caso e inculpar al contrario. No obstante hay que demostrarlo y aquí está el inconveniente, pues si no hay atestados, testigos, grabaciones con cámaras de seguridad o tráfico que apoyen tu versión, la compañías contraria podrá alegar por ejemplo que no cumplías con la distancia de seguridad.

      Cuando la culpa es tuya y tienes seguro de moto, y no hay contrario, te recomendamos releas el articulo pues en el mismo te damos todas las claves para responder tu duda.

      Sentimos lo ocurrido.

      Saludos.

  56. Hola. Gracias por la información. Tengo una duda.
    He tenido un accidente por distracción sin contrario. Tengo el seguro del conductor. Acudí a los 2 días del accidente a mi medico de cabecera por dolor de cuello y espalda. Me diagnostico Cervicalgia y me mando medicación. Viendo que no mejoraba me fui por mi cuenta a un Fisio para rehabilitación. Ahora mi seguro me dice que no me paga la factura si no me lo ha indicado el medico.
    Cuando en el informe medico además pone que me valoraran ellos y me dijeron en el seguro que no hacia falta.
    Esto es correcto?
    O estoy en mi derecho a que me abonen la factura?
    Gracias

    1. Hola Constanza, debes acudir a un médico o centro de rehabilitación que la compañía te indique, y si deseas acudir por libre elección suelen aplicar un límite de reembolso máximo, pero debes justificar que todo el tratamiento es especificado por un médico. Al ir por tu cuenta al fisio, ese gasto no lo puedes reclamar. Lo sentimos. Saludos.

  57. Hola Elena,
    agradecerte este blog y si me permites te hago una consulta, una desgracia que conlleva…..voy hacerla como si fuera yo la madre, hace 25 días mi hijo de 17 años que no tiene carnet ni licencia buscó las llaves y cogió mi moto de 125cc sin mi permiso, el resultado que volviendo de un pueblo de fiesta a las 5 de la madrugada tuvo un grave accidente el solo, sin un tercero, no sabemos cómo pudo ser por qué fué en una recta sin peligro ninguno. Las consecuencias es muy pronto para saberlo , operado del cervicales, de momento solo puede mover algo un brazo, más de 20 días en la UCI por la operación y la insuficiencia respiratoria de un encharcamiento del pulmón , trasladó en helicóptero al hospital nacional de parapléjicos de Toledo con unas perspectivas muy malas, paraplejia, tetraplejia , rehabilitación de más de 1 año, de momento, eso es lo que nos han dicho, está es la desgracia pero la segunda es como queda el tema del seguro, ya que estaba a mi nombre, mi hijo es menor de 18 y no tenía el carnet para conducir esta moto.
    Según lo estoy escribiendo todavía se me ponen los pelos de punta, entre hoy y mañana le suben a planta por qué sigue en la UVI, me imagino que en cuanto le suban a planta ira la Guardia Civil a tomarle declaración y se pondrá todo en marcha y esa es mi duda por económicamente no estoy bien, a raíz de esto he tenido que dejar el trabajo, me vencía el contrato y he pedido no renovar para cuidarle , tengo derecho al paro y quería saber si me puedes orientar respecto a si la Seguridad Social me va a reclamar todos los gastos médicos, traslados, urgencias, etc y si el seguro se puede hacer cargo de algo, o donde puedo acudir por qué esto además de ser un cambio radical en nuestras vidas a nivel de salud también lo va a ser a nivel económico, la ruina.

    De nuevo gracias y espero esto sirva a los padres para que vean las consecuencias que pueden pasar por un caso así.

    1. Hola Hector, el caso que expones es duro, pero por desgracia sucede. Aún podría ser peor de lo que indicas, pues la cosa se complica si además hubiesen terceros heridos por su culpa, pero no es el caso. La seguridad social por ley no cubre los accidentes de tráfico, tal y como exponemos en el artículo, pero en este caso cuando la seguridad social pase las facturas sanitarias a la compañía de seguros, esta tampoco lo abonará. En ocasiones los hospitales públicos, no sabemos bien por qué, finalmente no reclaman al ciudadano, cuando deberían de hacerlo pues estas imprudencias, al final las pagamos todos los ciudadanos de nuestro impuestos. Como comentábamos antes, “en ocasiones” se despistan y no reclaman, pero cada vez más lo están haciendo, pues es conocido por todo el mundo las dificultades de tesorería que esta atravesando la seguridad social, y todas estas facturas no reclamadas al final de un año es muchísimo dinero. Saludos.

  58. hola buenas tardes, yo hace cuestion de un mes tuve un accidente de trafico en el trabajo despues de un mes me dicen que el seguro no cubre al conductor es decir a mi, mi pregunta es; quien se encarga de los traslados al medico,fisioterapeutas, medicamentos etc, tengo que reclamarle a alguien? muchas gracias

    1. Hola Jose David, damos por hecho que el accidente lo sufriste solo sin contrario. Si es así, comprueba que si tienes contratado en el seguro la cobertura de accidentes del conductor, concretamente el apartado de asistencia sanitaria, pues es raro que no la tengas a no ser que sea un producto de low cost o tu asesor no te haya aconsejado correctamente, bueno a tu empresa, en este caso. Aun no teniendo esta cobertura, si es un accidente en horario laboral o en itinere, debe de cubrirte los gastos sanitarios la mutua de trabajo que tenga contratada tu empresa. Saludos.

  59. Hola….ayer atropello a mi madre en el paso de peatones lo atendieron en el hospital ella no figura en la seguridad social pero tiene un seguro de axa….tiene fisura en el codo dolor e impotencia hombro lesión en la cadera herida contuza en sien derecha ….mi pregunta es le van pagar indemnización

    1. Hola Alexandra, sentimos lo de tu madre, esperamos se recupere pronto. Los gastos médicos los cubrirá la compañía de seguros del coche que atropelló a tu madre o por Axa por el seguro de accidentes siempre y cuando hayáis contratado Gastos médicos o de curación. Saludos.

  60. Hola, ayer atropellaron, con una moto, a mi hija en un paso de peatones. El muchacho le ayudó a levantarse y como ella, aunque dolorida, se encontraba bien, no le pidió datos. A las dos horas aproximadamente el codo cada vez le dolía más y se le hinchó teniendo que llevarla al hospital y resultando fracturada la cabeza del radio. A este chico no lo conocemos, ¿los gastos del hospital quien los paga? ¿tengo que reclamar al consorcio, como lo hago?. Gracias de antemano.

    1. Hola Elvira, esperamos una pronta recuperación para tu hija. Como no hay datos de vehículo a motor causante del siniestro, entendemos que no se activará protocolo de accidente de tráfico y el hospital, entendemos público, se hará cargo de dichos gastos. Saludos.

  61. Hola Elena.
    Una consulta.

    Accidente de trafico, sin contrario.
    Se persona patrulla policial y hacen prueba de alcoholemia que da positivo, pero el limite no llega a infracción penal. Los ocupantes (conductor +2), fueron asistidos por una ambulancia, sin que posteriormente hayan necesitado mas visitas medicas.
    Ahora la compañia aseguradora nos reclama los gastos de la ambulancia, del conductor y de los 2 acompañantes. Es legal, o por lo que me ha parecido entender en tu blog, solo me podrían reclamar los gastos generados por la asistencia al conductor.

    Gracias

  62. Hola Elena,

    Me atropellaron en un paso de peatones e hice RHB en una clínica privada. Me dieron el alta, aunque seria teniendo molestias en una pierna, a pesar de haber pedido mil veces que me hicieran pruebas para saber qué tenía. a las dos semanas me muero de dolor cuando estoy mucho tiempo de pie. He ido al medico de cabecera y se ha negado a atenderme xq dice que las cosas del accidente las tiene que pagar la aseguradora. Pero ellos me dieron el alta ya. Puedo pedirles que me sigan viendo? Estoy muy preocupada por el dolor.

    Gracias.

    1. Hola Lorena la compañía de seguros del vehículo que te atropello debe costear tu total recuperamiento. Si no te atienden apóyate con tu corredor, a través de tu seguro de defensa jurídica o del seguro de hogar, a través de la cobertura de reclamaciones/protección jurídica. Saludos.

  63. Mi enhorabuena por el articulo.

    Un tema muy controvertido que, la verdad, nunca lo había encontrado tan bien explicado…bastante mas claro que en el propio Convenio Unespa 😉

  64. Buenos días,
    QUiero felicitaros por este blog de gran utilidad y formativo. Querí saber si es normal lo que ocurre con determinadas compañías aseguradoras que tras ser atendidos de urgencias su clientes en centros concertados con la seguridad social o en centros propios de la seguridad social, no asumen los gastos asistenciales de urgencias tras sufrir un accidente sin intervención de vehículo contrario y dicen que esos gastos de urgencias deben ser abonados por la seguridad social o por el conductor lesionado, y posteriormente este reclamar el reembolso a su compañía.
    Lo pregunto porque se está convirtiendo en el pan nuestro de cada día en compañías como Axa, Mutua Madrileña, Pelayo, MMT seguros, y algunas más. Según la Ley del contrato del Seguro la asistencias de urgencias siempre deben ser asumidas. Otra cosa puede ser el seguimiento de las lesiones sufridas que pueden exigir que vayan a centros concertados si lo marca la cobertura contratada y si el paciente quiere acudir a un centro no concertado podrá reclamar posteriormente el reembolso de los gastos hasta el límite contratado.
    ¿ Que debemos hacer los usuarios/paciente en estos casos? Si la factura es de una simple urgencia que puede rondar los 200-300€ seguramente la podamos asumir pero si la asistencia de urgencias sube 3000€ o más ya que desgraciadamente he sufrido alguna fractura y debo ser intervenido ¿Que tenemos que hacer?
    Agradecería vuestra valoración porque son muchas las compañías que actuan así y entiendo que, además de un estafa al tomador/asegurado que paga su póliza, se está incitando al fraude a los fondos públicos si ese hospital factura dichos gastos a la seguridad social.
    Gracias

    1. Gracias Ignacio. Recientemente hemos actualizado el artículo ampliando con más detalle. En esta ampliación reflejamos justamente como se actúa cuando no hay vehículo contrario, tanto en moto como en coche. Los seguros deben de incluir la garantía de Accidente del Conductor, y dependiendo de si es moto o coche, el capital cubierto por el seguro en asistencia sanitaria del conductor, será suficiente o no. Nosotros no hemos tenido ningún caso del que comentas, pero te confirmamos que si actúan así no es correcto. Saludos.

  65. Buenos días. Hace un par de meses sufrí un accidente de tráfico con lesiones (dolores cervicales, de cabeza, etc.) Desde el primer momento acudí al centro de salud y el médico de familia me dio la baja y recetó varios medicamentos. Al cabo de algunos días, al sentirme mejor, el médico me dio el alta laboral (que no médica). Pasado un mes y al finalizar el tratamiento me vuelven los dolores y el médico me da la baja por recaída y solicita la valoración por un médico rehabilitador. Como es la seguridad social y va todo muy lento, llamo a mi seguro y me dicen que tengo la opción de acudir a una clínica de convenio para que me vea el médico y hacer allí el tratamiento si así lo indica. Así lo hago y efectivamente este doctor solicita mi rehabilitación y una radiografía, pero queda a la espera de que el seguro la autorice. Pasados unos 10 días el seguro deniega mi tratamiento. Ahora esta clínica concertada me reclama que les pague el importe de la factura o si no quedaré como morosa. Llamo a mi seguro de nuevo y me indican que yo no debo pagar nada puesto que ellos han admitido atenderme. ¿Quién de los dos lleva la razón? ¿Qué normativa o ley es la que se sigue en estos casos para poder poner la reclamación en el sitio correspondiente y defender mis derechos? Muchas gracias.

  66. Buenas tardes.sufrí un accidente de tráfico mientras me dirígida al trabajo.di positivo en alcoholemia 0.70.mi pregunta es.se considera accidente laboral?saludos y gracias .

    1. Disculpa Benigno, se nos omitió responderte en su momento. Efectivamente el ir o volver a tu trabajo se considera viaje en itinere, lo que se considera accidente laboral. Saludos.

  67. hola yebo desde ase un año de baja por un coche que me aplasto la pierna,los medicos me an dicho que no bolvere a correr era mi jobbit,y aun no se ni siquiera bolvere a trabajar.mi pregunta es que indenicacion tiene que darme el seguro del coche que me atropello ,tengo derecho a una paga mensual por el resto de mi vida si no puedo bolver a trabajar,por parte del seguro.y la seguridad social tambien tiene que indenisarme?gracias

    1. Hola Jordi, se te deberá indemnizar según el baremo de accidentes de tráfico, pero no podemos especificarte las cantidades y detalles de dicha indemnización. Lo sentimos, y esperamos puedas recuperarte lo mejor posible, dentro de las circunstancias comentadas. Saludos.

  68. Buenas tardes
    Ante todo muchas gracias por esta información, me ha sido de mucha ayuda aunque tengo algunas dudas y seguro podéis ayudarme.
    Mi marido tuvo un accidente de trafico, yendo en moto el pasado 21 de junio, al salir del trabajo, se paró media hora con sus compañeros a tomar una cerveza, y de camino a casa fué cuando se accidentó, desgraciadamente no sabemos que ocurrió ya que él no recuerda absolutamente nada, estuvo en uci 3 días y en planta lleva 6 días más con serios problemas en el hígado y en el pulmón. La policía dice que se chocó sólo contra un coche aparcado.

    Mis cuestiones son varias:
    – Evidentemente en el momento que ingresó en el hospital, dió alcoholemia,
    – Según la policía mi marido llevaba sin carnet de conducir por vigencia de saldo (perdida de puntos) desde 2014, cosa que todos desconocíamos.
    – Su jefe me pidió que le llevara la baja NO laboral al gestor, cosa que hice.
    – Ahora el hospital me envía una carta pidiéndome los datos de mi seguro o de la mutua del trabajo para pasar la factura, el problema es que la moto y el seguro están a mi nombre, mi marido no está incluido en la póliza.
    – Me llamaron de mi seguro para decirme que un coche habia reclamado daños. No tenemos más información de ésto.

    Podrias orientarme en como va a seguir toda esta pesadilla ?

    Cualquier información que puedas darme será de gran ayuda.
    Saludos
    Sabrina

    1. Hola Sabrina, lo primero, desearle a tu marido una pronta recuperación. Respecto a lo que comentas, vuestra compañía indemnizará al tercero perjudicado, pero esta en su derecho de reclamaros posteriormente dichos gastos, por su derecho de repetición, por dos conceptos: alcoholemia y carnet caducado.

      Respecto al conductor, aunque no salga en póliza reflejado, si cumple los requisitos de edad y años de carnet de conducir requeridos por vuestra compañía estará cubierto.

      Saludos.

  69. Hola! El día 2 de diciembre me dieron por detrás y me causaron un latigazo en el cuello, he estado 6 meses de baja por que al final me han diagnosticado una protusion y una hernia. He pasado por todo para la recuperación, pero han decidido que si seguir con las molestias lo mejor era operar, pero no me aseguraban el 100 por 100, así que he decidido no operarme. Si fuese s mayor en cuanto tiempo puedo volver para operarme? Y cómo sería mi indemnización?

  70. Mi hijo sufrio un asidente de coche, creemos que tiene la culpa, por wue el asidente fue es un stop pero el atestado no esta aun pero el otro veiculo llevaba gra velocida, y mi pregunta es mi hijo tiene daño coporales y esta reabilitacion, esos los daños colporales se lo paga siendo culpable

  71. Hola mi repartidor a tenido un accidente con lamoto le dio un coche el problema es q no tenia seguro pero el xoche q fue el culpable si como hago para reclamar la indemnización y me cubrira la seguridad social los gastos del chico q esta de bajala curacio de el

    1. Hola Camila, el hospital le pasará la factura a la compañía contraria, ya que entendemos habréis cumplimentado en el hospital el formulario de que el ingreso ha sido motivado por un accidente de trafico. Te recomendamos contrates un seguro puesto que si hubiese sido al revés, es decir, que tu repartidor hubiese sido culpable, como empresaria te hubiese tocado asumir los gastos. Saludos.

  72. Artículo muy interesante y revelador. No siempre cuando tienes un accidente de tráfico sabes hasta qué punto te cubre la Seguridad Social o en su defecto deberás pagar por los servicios prestados.

    Un saludo!

  73. Hola ayer llame para darme de baja en MM porque solo tengo en sanidad 1800 euros, me dijeron que la seguridad social tiene un acuerdo con todos los seguros que en caso de accidente me atienden si pasar factura, que los 1800 euros es por si quiero ir por privado. Esto es cierto?
    Gracias

    1. Hola Rosi, disculpa por no haberte contestado antes, pero gracias a tu comentario hemos actualizado el artículo plasmando dos matices muy importantes respecto al convenio de Unespa para los gastos sanitarios en accidentes de tráfico, al que están adheridos la gran mayoría de compañías aseguradoras. Un saludo.

  74. Buenas tardes, la semana pasada tuve un accidente en bicicleta, crucé una calzada en un tramo de ciudad y un coche me atropelló, nos hicieron la prueba de alcoholemia, di positivo y el conductor del vehículo no. Entiendo que fue mi culpa, ¿quien corre con los gastos sanitarios? ¿Cuanto puede ser la cuantía? Estuve 2 dias en el hospital y me operaron por tener fractura en la mandíbula. Gracias de antemano

  75. Hola, hace 3 semanas me dio un coche por detrás. Hice foto de la matricula y cuando mande el parte amistoso a Mapfre me di cuenta que el sr. habia puesto los dos ultimos numeros de la matricula cambiados. Le pase la información correcta a mi compañia y por el fichero le sale una compañia distinta que el sr. puso en el parte. seguramente no tenga seguro. Tengo daños físicos. Estos gastos a quien se lo reclaman si no tiene seguro? Me pueden indemnizar por mis lesiones?

    1. Hola Almudena, el Consorcio de Compensación de Seguros, se hace cargo de indemnizar en estos casos donde el contrario identificado no tiene seguro. Luego se los reclamará al causante. Saludos.

  76. Hola, mi compañía de seguros (Mapfre) me ofrece dos variantes para el seguro del conductor. Una de ellas con asistencia sanitaria ilimitada y 92.000€ en caso de fallecimiento o invalidez, y la otra con asistencia sanitaria de 200.000€ y 250.000€ en caso de fallecimiento o invalidez. A vuestro juicio basados en la experiencia, ¿qué opción me recomendaría? En ambos casos el tiempo de la asistencia sanitaria está limitada a un año. Un saludo y muchas gracias.

    1. Hola Juan Carlos, trabajamos con Mapfre y es la primera vez que escuchamos un capital de reembolso tan alto, por el concepto de asistencia sanitaria en cualquier centro. Te agradeceríamos nos indicases el nombre del producto y que revisases de nuevo dicha información, porque nos parece que debe de existir algún error. En caso de ser correcto nos decantamos por la 2ª opción, ya que la asistencia sanitaria ilimitada es solamente en centros concertados y la de 200.000€ es en cualquier centros sanitario. Además el capital de riesgo es muy superior. Ya nos dices. Saludos.

  77. Hola, un familiar sufrió un atropello leve siendo culpable él, ahora el hospital reclama los gastos ¿se hace cargo el consorcio aunque sea culpable?
    Gracias.
    Saludos.

  78. Necesito saber lo siguiente, le deje el coche a mi hermano y tuvo un accidente por culpa de una distracción de él. El no esta declarado en la póliza, tengo Axa, y no es conductor de riesgo, tiene mas años de carnet que yo y su edad es de 40 años. La pregunta es: ha sufrido lesiones corporales, esta cubierta su asistencia sanitaria? Gracias

    1. Hola Raquel, te confirmamos que está cubierto, precisamente por lo que indicas, ya que cumple con los requisitos exigidos por la compañia.

      Cobertura accidentes conductor de Axa
      Cobertura accidentes conductor Axa 2

      Saludos.

  79. Buenos Dias ;

    Mis padres cruzaron una carretera intercomarcal de noche sin llevar chaleco o elementos refractarios y mi madre fue atropellada dentro del carril del sentido del vehiculo , le han tenido que intervenir la pierna, lleva dos meses en el hospital , el conductor iba a mas de 60 que marcaba una señal y bajo los efectos de cannabis y anfetaminas , en el parte de trafico indica que existían dos vías de servicio a ambos lados de la carreta por lo que deja entre ver que la culpa es nuestra y que no debia de haber cruzado y que el conductor llevaba una velocidad moderada algo que también alega un testigo presencial.

    ¿Que tipo de responsabilidad existe de mis padres y del conductor , quien paga los gastos hospitalarios , me podias orientar de como ves el caso ?

    Muchas Gracias

    1. Hola Israel, sentimos lo de tu madre. En gastos sanitarios, en el ámbito de convenios hospitalarios de asistencia sanitaria en trafico, la imputación de gastos es objetiva (al margen de responsabilidades), a la aseguradora del vehículo que atropella. Esperamos que tu madre evolucione favorablemente. Saludos.

    1. Gracias por la felicitación y sobretodo por la sugerencia. Gracias a comentarios como el tuyo mejoramos nuestros artículos. Como tenemos que realizar un repaso de todos los post antiguos, tomamos nota de tu sugerencia. Saludos.

  80. buenos dias , un familiar ha sufrido un atropello, siendo la culpa de el .
    pueden reclamarnos gastos de hospital, y estamos obligados a pagarlos?
    gracias.
    un saludo

  81. Tuve un accidente cuando iba a mi trabajo y ya e ido a la mutua del trabajo tengo k ir a alguna clínica privada para k me den el seguro del coche k me dio y me pague los días impeditivos

    1. Hola Delia, si en el accidente que has sufrido la culpabilidad es del contrario, todas las facturas médicas las abonará la compañía aseguradora del contrario, según el nuevo baremo del 2016 para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. En el caso de lesiones temporales, se elimina el concepto de días impeditivos y no impeditivos, fijando un importe fijo de 30€ por día de curación que podrá incrementarse si se dan circunstancias más graves. Saludos.

  82. Hola
    He sufrido un atropello y me están atendiendo en una clínica privada con la que no estoy muy contenta. Qué puedo hacer? El seguro se hará cargo de las facturas que le presente por estar yendo a otro Fisio? Quien mas puede atenderme? Gracias

    1. Hola Elena, en este caso como lo vas a reclamar a la compañía de seguros de la persona que te atropello, aportando facturas médicas y sus correspondientes informes médicos que justifiquen que precisas dichos tratamientos, te deben de reembolsar los gastos que desembolses para tu completa recuperación. Saludos.

  83. Pertenezco a Isfas, tengo concertada asistencia sanitaria privada (asisa), he sufrido un accidente y el responsable no está asegurado y no reconoce la culpa.
    Estoy recibiendo reabilitacion en clínica asisa, y no me fio de que me carguen a mi la facturación porque mi seguro no quiera hacerse cargo

    1. Hola Raúl, en tu caso, el coste de tu rehabilitación la debe abonar el consorcio de seguros al no estar asegurado el contrario. También te lo puede cubrir tu seguro de salud si incluye accidentes de tráfico, ya que no todos los seguros de salud lo cubren. Saludos.

  84. Buenas, hace unos días antes de fin de año tuve un accidente de moto con un amigo yo iba de paquete mi amigo tuvo la culpa, yo salí el más dañado al chocarnos con un coche, tengo un esguince de 3 grado en la pierna izquierda y varios rasgazos, yo tengo 16 años y no trabajo, mi pregunta es la rehabilitación me la cubre el seguro? Y me pagaran algo por los días que este con el esguince? De momento en unos días tengo que ir al hospital a caerme una revisión en el apartado de tráfico, gracias de antemano.

  85. Hola Aaron, efectivamente los 58,41€ corresponden a los días impeditivos (que no te permite seguir ejerciendo tus labores profesionales). En el caso de bajas más prolongadas, las compañías de seguros están obligadas según el artículo 18 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro a realizar un pago por un importe mínimo antes de los 40 días, y normalmente se solicitan adelantos de pagos regulares, sin esperar al alta para evitar precisamente lo que tu indicas. Saludos.

  86. Hola Noa, apóyate con tu corredor de seguros. Si no lo tienes, tendrás que gestionarlo tú misma, reclamando a tu aseguradora a través de su defensor del cliente, y si no prospera ante el defensor del cliente de la DGSFP. Esperamos y deseamos que te hayas recuperado de tus lesiones. Saludos.

  87. Buenas tuve el pasado 25de enero un accidente de trafico con la moto siendo la otra persona la culpable en ese momento estava trabajando con un contrato de formacion me di la baja laboral y el 25de febrero me dan el alta la duda que tengo aparte de el dinero que me tiene que pagar la compañia de seguros por indemnización por dias de baja que creo que son 58euros por dia de baja yo tengo que cobrar algo por mi jefe la mutua o algo me an dicho varias persinas que no y yo les digo que en el caso de estar 4 meses de baja y solo cobro la indemnización de el seguro cuando quieran que lo pagen de mientras como pago el alquiler y mis cosas durate 4 meses si no percivo ningun dinero y no puedo trabajar? Gracias espero respuesta

  88. Hola Joaquín, sentimos la demora en nuestra respuesta. Se habrá hecho cargo la Mutua, al producirse el accidente en un viaje in itinere, es decir, acudiendo o volviendo al lugar de trabajo. Esperamos que te hayas recupera favorablemente. Saludos.

  89. Hola Desiree, después de tanto tiempo en contestarte entendemos que ya será útil nuestra respuesta. Pedirte disculpas por el retraso. La baja te la habrá abonado la seguridad social/mutua, pero si existe un contrario culpable del accidente, y no fue una caída tu sola, podrás reclamar a la compañía del contrario días impeditivos. Ver contestación que le dimos a Neri. Saludos y gracias por comentar con nosotros tu caso.

  90. Hola! Tengo una duda, sufrí un accidente de coche, la culpa fue de otra persona que se saltó un stop a gran velocidad, y al ir al médico de la seguridad social me dicen que tiene que ser mi aseguradora la que se encargue, pero la aseguradora me dice que es la seguridad social la que me tiene que atender y llevan semanas mareandome y el caso es que en la seguridad social no me atienden ni bien pero la aseguradora no me ayuda, ¿que puedo hacer?

  91. Hola tube un accidente cuando iva al trabajo con mi moto por mi culpa el vehiculo contrario no tiene nada.Pero yo me he roto la clavicula. Mi pregunta es quien se hace cargo de los gastos medicos el seguro de la moto o la mutua de mi empresa gracias espero su respuesta.

  92. Hola. He sufrido una caída en mi ciclomotor. Acudí a un hospital de urgencias y allí me atendieron. Cuando acudí a mi médico de cabecera me indicó que la seguridad social no cubría mis gastos de asistencia por lo que yo debía ponerme en contacto con mi aseguradora. Finalmente, me están atendiendo por parte de la s.s tras firmar un modelo de facturacion ,que hace responsable de los pagos de mi curación a mi aseguradora, que está deacuerdo, o eso parece. Ahora, mi jefe quiere que me revise la mutua, supongo que por contrastar opiniones. Yo por mi parte no estoy muy enterada de nada y bastante desconcertada la verdad. Están haciendo lo correcto conmigo? Estos días que yo este de baja, quien me paga mi salario? Nunca me he encontrado en esta situación y es bastante agobiante la verdad, todo el mundo me dice cosas y nadie me aclara nada. Les agradezco su atención y ayuda. Gracias. Un saludo

  93. Hola!, hace una semana que he sufrido un accidente de moto, yo iba de paquete. Debe pagarme los días de BAJA la compañía aseguradora de la moto?. ¿Qué se entiende por día impeditivo?. En mi caso tengo luxación de codo y fisura de radio y trabajo de administrativo, con lo cual he tenido que pillar la BAJA. Gravias

  94. Hola Neri, en primer lugar disculpa por el retraso en nuestra contestación. Si no eres culpable del siniestro, podrás reclamar a la compañía contraria una indemnización por días impeditivos (no poder seguir ejerciendo tu trabajo o tareas habituales con la consecuente baja) o días no impeditivos (tratamiento médico sin baja), que según baremo de circulación del 2014 la indemnización diaria seria:

    Estancia hospitalaria = 71,84€ diarios.

    Impeditivo= 58,41€ diarios.

    No impeditivo = 31,43€ diarios.

    A esto puedes reclamar otros gastos como bien indicas como: desplazamientos, gastos de farmacia, parking, etc.. pero solo de ti, es decir, del afectado-perjudicado, no de los acompañantes. Gracias y saludos.

  95. ¿Se pagan los gasto de parking, comida y del acompañante en caso de accidente laboral para acudir a visitas medicas especialista y seguimiento? es que la mutua solo quiere pagar el kilometraje o el billete del autobús del paciente trabajador no del acompañante y nada del parking. Gracias lll

  96. Hola Juanma, la cobertura de asistencia sanitaria esta incluida dentro de la garantía comúnmente denominada Seguro de Accidentes del Conductor, y normalmente se refleja:

    “Los gastos médicos, quirúrgicos, hospitalarios y farmacéuticos, durante un periodo máximo de X años siguientes a la fecha de ocurrencia del siniestro, derivados de los daños personales que pueda sufrir el ASEGURADO con ocasión de cualquier accidente de circulación del VEHÍCULO ASEGURADO, cuando se preste en los centros clínicos y por los médicos designados por X. Si el ASEGURADO designa otros centros de libre elección, esta cobertura se prestará durante un periodo máximo de X año siguiente a la fecha de ocurrencia del siniestro.

    Asistencia sanitaria: Hasta 3.000 € cuando la
    asistencia se preste al ASEGURADO en clínicas y por médicos de su libre elección y sin límite cuando la misma sea prestada por clínicas y médicos designados por X.”

    También decir que existen compañías que no tienen acuerdos con centros concertados y otras que directamente no ofrecen la garantía de Asistencia Sanitaria al conductor.

    Antes de nada deberías de analizar las condiciones generales del producto que tienes contratado para revisar la “letra pequeña“. Sin ningún compromiso puedes enviarnosla a nosotros para ayudarte a revisarla. Puedes enviárnosla al siguiente email: comercial@elenabeser.com

    También te recomendamos que te apoyes con tu actual corredor de seguros, para resolver esta incidencia, y sino tuvieses, realiza una reclamación a la compañía a través de su Defensor del Cliente.

    Esperamos haberte ayudado. Gracias por tu comentario. Saludos.

  97. Sufrí una salida de vía con mi moto por el viento, necesito asistencia sanitaria especializada y aunque mi póliza detalla asistencia al conductor ilimitada en centros concertados o hasta 6000 en el resto, mi aseguradora no me esta atendiendo, en uno de los centros que tienen concertado me explicaron que al no existir otro vehículo implicado no tengo posibilidad de asistencia medica con ningún centro, sólo con la seguridad social, me dijo que es el acuerdo que tienen firmado con UNESPA , es esto cierto? Dónde me puedo informar? Gracias